Nacimiento
- Partida de nacimiento.
- Documento nacional de identidad recién nacido.
Nacimiento en el extranjero:
- Documento que acredite la identidad del recién nacido.
- Partida de nacimiento (traducida) visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si el país emisor del documento fuera signatario de la Convención de la Haya en la Partida de nacimiento deberá constar la acotación o “apostilla” estampada en el documento por la autoridad competente del citado país