Presidencia de la Nación

Investigaciones Anticorrupción

Recibimos denuncias e investigamos irregularidades y hechos de corrupción; formulamos denuncias penales cuando detectamos delitos contra la Administración Pública. Nuestro ámbito de acción comprende organismos del Poder Ejecutivo Nacional y empresas, sociedades y todo otro ente público o privado en que el Estado participe o su aporte sea la principal fuente de recursos.


¿Qué hacemos?

  • Recibimos denuncias e investigamos irregularidades y hechos de corrupción.
  • Formulamos denuncias penales cuando detectamos delitos contra la Administración Pública.
  • En algunos de esos casos asumimos el rol de querellantes en las causas penales.
  • Procuramos detectar dinero y bienes producto de la corrupción y solicitamos a los jueces medidas para lograr su recuperación.
    Nuestro ámbito de acción comprende organismos del Poder Ejecutivo Nacional y empresas, sociedades y todo otro ente público o privado en que el Estado participe o su aporte sea la principal fuente de recursos. Quedan fuera de nuestra competencia los poderes legislativo y judicial; el Ministerio Público Fiscal; el Ministerio Público de la Defensa; y las administraciones provinciales y municipales.

Criterios objetivos

  • El impacto en el funcionamiento y credibilidad de las instituciones.
  • La cantidad de ciudadanos afectados por el acto.
  • El monto del perjuicio causado por el acto.
  • La antigüedad de los hechos.

No estamos obligados a intervenir en todos los hechos que puedan constituir un acto de corrupción, porque esa es una actividad propia de la Justicia en el ámbito penal. Tampoco imponemos sanciones penales. Esa es una actividad de los fiscales y los jueces.

¿Cómo es el trámite de una denuncia?

A partir de una denuncia o a iniciativa propia, en los casos señalados, llevamos adelante investigaciones administrativas que deben garantizar objetividad e independencia.
Cuando detectamos hechos que constituyen delitos de corrupción, formulamos la denuncia a la Justicia Penal procurando el castigo de sus responsables.

Si concluimos que no ha sido así, pero se verificaron irregularidades administrativas, damos intervención al Ministerio de Justicia, a la Procuración General del Tesoro y al funcionario responsable del organismo en el que ocurrieron para que se labren las actuaciones administrativas y se apliquen las sanciones que correspondan.

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