Presidencia de la Nación

La CNDC impuso una multa por notificación tardía en marzo de 2024

La multa que recae sobre la empresa Ulands S.A. asciende a 5.7 millones de pesos argentinos, de acuerdo a la valuación actual de la unidad móvil


La Ley 27.442 de Defensa de la Competencia (LDC) establece un régimen de control de operaciones de concentración económica que prevé la notificación obligatoria ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) de las operaciones que se encuadran en los artículos 7° y 9° de la mencionada norma.

Asimismo, la LDC prevé que una operación notificable debe ser informada para su autorización antes, o bien hasta una semana después de cerrado el acuerdo que la establece. La norma también indica que la autoridad de aplicación puede sancionar con multa a las empresas que no notifican o notifican de manera tardía una operación de concentración que, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa, sea notificable.

Por regla general, en el caso de adquisiciones, el régimen vigente prevé que es la parte compradora (quien adquiere el control de la empresa objeto) la que debe notificar la concentración económica, por lo que, en caso que la empresa adquirente incumpla con la obligación de notificación queda expuesta a una sanción.

Para graduar la multa, la LDC establece que la autoridad de aplicación deberá considerar, entre otros, la gravedad de la infracción, el daño causado, el tamaño del mercado afectado, y la reincidencia o antecedentes del responsable, así como también la capacidad económica. La norma también dispone que el nivel de colaboración prestado por el infractor podrá ser considerado un atenuante en la graduación de la sanción.

La normativa estipula que el monto de la multa se encuentre valuado en unidades móviles, una unidad de medida que es actualizado anualmente por la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía.

Para mayor información acerca de las sanciones de multa por notificación tardía, se puede leer el siguiente documento elaborado por la CNDC: Documento de trabajo en materia de sanciones de multas por notificación tardía.

El 21 de marzo de 2024, y siguiendo la recomendación de la CNDC, el Secretario de Comercio impuso una multa a la empresa Ulands S.A. por notificar fuera del plazo legal la adquisición de una fracción de campo ubicado en el Distrito de María Teresa, Departamento de General López, Provincia de Santa Fe.

Si bien la operación fue aprobada sin condicionamientos en los términos del artículo 14 de la LDC, la notificación de la adquisición mencionada se presentó con una demora de ocho días hábiles administrativos, por lo que la CNDC decidió imponer una multa de mil cuatrocientos dieciséis con cuarenta y tres (1.416,43) unidades móviles por día. Esto equivale al 0,25 % del máximo diario posible, que totalizan, por los ocho días hábiles mencionados, la cantidad de once mil trescientos treinta y uno con cuarenta y cuatro (11.331,44) unidades móviles, equivalentes a, aproximadamente, 5.7 millones de pesos argentinos, en función de la valuación actual de la unidad móvil.

Resolución Nº 99.


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