Presidencia de la Nación

Electrodependientes


Los usuarios electrodependientes necesitan un servicio de energía eléctrica que alimente de manera constante y con niveles de tensión adecuados los equipos eléctricos prescriptos por un médico. Su vida depende de ello.

Desde que entró en vigencia el 26 de mayo de 2017, la Ley Nº 27.351 establece la gratuidad del servicio eléctrico para los usuarios electrodependientes. Por disposición de esta norma, el beneficio aplica a todo ciudadano inscripto en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

Además de obtener sin cargo el servicio de energía eléctrica, los usuarios inscriptos en el RECS tienen derecho a contar con un equipamiento que asegure una provisión de energía continua y estable en el caso de alteración del suministro regular. Si figurás en el Registro pero el beneficio no aparece en tu factura, presentá un reclamo ante la distribuidora.

Si sos usuario de EDENOR o EDESUR y la empresa responsable no te brinda una respuesta satisfactoria, por favor envianos un correo electrónico a [email protected] con los siguientes datos y documentación:

  • Número de identificación (número de cliente para EDESUR; número de cuenta para EDENOR).
  • Constancia de inclusión en el RECS.
  • Copia de la factura del servicio.

Por instrucción del ENRE, EDENOR y EDESUR deben cumplir con dos protocolos ante reclamos por corte de suministro presentados por usuarios que figuran en el RECS. El primero precisa el procedimiento de notificación y seguimiento de dichos reclamos; el segundo especifica las pautas para la gestión de las fuentes alternativas de energía.

Respuestas a preguntas frecuentes de personas electrodependientes

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