Presidencia de la Nación

Comando General Electoral


El Comando General Electoral tendrá a su cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a las medidas de seguridad que establece el Código Electoral Nacional, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas con los actos comiciales. En particular, le compete:

  • Vigilar los locales donde funcionan las mesas receptoras de votos y las sedes de la Justicia Nacional Electoral de cada distrito.
  • Custodiar las urnas y la documentación durante su despliegue, repliegue y hasta la finalización del escrutinio definitivo.
  • Prestar custodia al personal del Correo a cargo del traslado de la documentación electoral.
  • Asistir a las autoridades de mesa en lo relativo al orden y la seguridad.
  • Organizar el ingreso de los electores al establecimiento a las 8:00 hs. y cerrar el lugar de votación a las 18:00 hs., asegurando el ingreso al establecimiento de aquellos electores que aguardaban turno para emitir su voto antes del horario de cierre.
  • Prestar colaboración a los electores en general y en particular a los electores con discapacidad o alguna limitación permanente o temporaria que les impida emitir su voto.
    De acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1, 12 y 14 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional constituye al Comando General Electoral para cada proceso electoral.
¿Cómo es el procedimiento de votación del personal integrante del Comando General Electoral?

El personal del Comando General Electoral podrá votar en el establecimiento en el que cumple funciones, siempre que se encuentre inscripto en el padrón electoral de alguna de las mesas, ya sea identificado con un color especial o asentado como el electorado de esta.

En el caso de que figure en el padrón identificado con un color especial, para emitir su voto deberá seguir el siguiente procedimiento:
1) Luego de corroborar la identidad, la autoridad de mesa firmará y le entregará un sobre de votación y un sobre cubierta con la leyenda “Voto Comando Electoral”.
2) En el cuarto oscuro, deberá elegir la boleta de su preferencia y guardarla en el sobre de votación. Este deberá ser introducido en el sobre cubierta y posteriormente cerrado, ubicando la solapa dentro del mismo.
3) Luego de introducir el sobre en la urna, firmará el padrón. Retirará la constancia de emisión de voto y su DNI, verificando que ambos sean suyos.

¿Qué cargos vota el personal integrante del Comando General Electoral?

Podrá votar cargos nacionales (presidente, vicepresidente, parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, diputados, senadores nacionales y parlamentarios del Mercosur por distrito regional). En caso de se encuentre cumpliendo funciones en un distrito electoral que celebre elecciones en forma simultánea (y su domicilio corresponda a otra sección electoral), sólo podrá emitir su voto para las categorías nacionales y los cargos locales que correspondan a distrito único.

Accedé al Instructivo del Personal del Comando General Electoral aquí
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