Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes - Registro Nacional de Empresas Recuperadas


Consultas

¿Cuándo puedo hacer la inscripción?

En cualquier momento, ya que el registro no tiene fecha de finalización. Se encuentra abierto permanentemente.

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¿Qué pasa si la empresa recuperada está inscripta en otro registro?

El ReNaCER no invalida ni es incompatible con otros registros ni programas nacionales, provinciales y/o locales.

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¿Quién puede realizar la inscripción?

La inscripción al ReNacER puede hacerla algún integrante de la cooperativa que sea apoderado. Esta condición lo habilita para operar con su clave fiscal personal a nombre de la empresa. La gestión se realiza de manera virtual a través de Trámites a Distancia - TAD a nombre de la persona jurídica, es decir de la cooperativa de trabajo. La empresa recuperada debe estar formalmente constituida y contar con matrícula vigente.

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¿Qué hago si soy apoderado/a pero en la página web del TAD no puedo avanzar en la inscripción?

Esto puede suceder si el poder se encuentra vencido. Para resolverlo ingresá a la pestaña APODERADOS y cambiá la fecha que figura junto a los datos del mismo. Luego, salí de la página y volvé a ingresar para que se actualicen los datos en el sistema.

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¿Ingreso con el CUIT de la persona jurídica?

Sí, con los datos de la persona apoderada. Es decir con el CUIT de la persona a cargo.

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¿Para qué sirve que mi empresa recuperada esté inscripta?

Para acceder a políticas de formalización y reconocimiento de derechos, tarifas diferenciales y nuevos subsidios, entre otros beneficios. Además brinda información para planificar e implementar políticas públicas específicas para el sector.

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