Los establecimientos industriales y especiales abarcados por el Decreto PEN N° 674/89 y complementarios, deberán realizar la presentación de la documentación conforme con la Resolución SAyDS N° 555/2012 y Resolución INA N° 121/99.
A partir de agosto de 2019 todas las presentaciones deberán ingresarse directamente por la mesa general de entradas de la Secretaría de Ambiente.
Asimismo, las consultas técnicas (por observaciones de la DTO o por actas de inspección) o los retiros de planos (que deban ser corregidos) o retiros de visados de documentación técnica obligatoria y calidad de vertido deberán solicitarse previamente por mail.
Correo electrónico: [email protected]
¿Qué necesito?
Nota de presentación de la documentación técnica, en carácter de Declaración Jurada, y designación del profesional actuante, firmada por el propietario y el profesional de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº121/99 INA.
Consultá el listado de profesionales matriculados ante la Dirección de Inspecciones.
Copia de la Última Declaración Jurada según lo establecido en el artículo 10° del Decreto PEN N° 674/89 y su modificatorio 776/92, con su correspondiente recibo. La copia deberá estar firmada en cada una de las hojas por el Titular o Apoderado.
Copia certificada de Factibilidad Hidráulica de vuelco de líquidos residuales extendido por el organismo competente. En caso de estar en trámite, copia autenticada del comprobante respectivo (no debe exceder los 6 meses de iniciado). **
Copia certificada del Manifiesto y Certificado de Disposición Final de Barros. **
Plano general de desagües, 3 originales.
Plano planta de tratamiento, 3 originales.
Perfil hidráulico, 3 originales
Plano de Planta de Techo, 3 originales.
Memoria de operaciones y mantenimiento de la planta de tratamiento.
Memoria del proceso productivo.
Memoria descriptiva y de cálculo de la planta.
Cronograma de obras con fecha de inicio y finalización de las mismas, detallando las obras a realizar.
** Pueden exhibirse los originales de los documentos y el personal de la SAyDS podrá certificar las copias de los mismos.
La documentación técnica debe estar contenida en una carpeta tipo “Archivo”, tapa dura, de capacidad suficiente.
Consultá la carátula de documentación técnica.
Una vez que la Dirección evalúe que la Documentación Técnica se encuentre en condiciones de iniciar las gestiones de Calidad del Vertido a los fines de obtener la Constancia de Visado se notificará a los Establecimientos por nota.
Los Establecimientos que con anterioridad hayan obtenido el Visado de la Documentación de Obra Existente sin la Calidad del Vertido, solo les restará realizar las gestiones de obtención de Calidad de Vertido siempre y cuando el Establecimiento no haya realizado modificaciones en sus instalaciones.
¿Cómo hago?
Presentar la Nota Modelo de Notificación de fecha y hora de toma de muestras, con 15 días (hábiles-administrativos) de anticipación.
La muestra deberá ser tomada entre las 10 h. y las 15 h. Los parámetros a analizar serán de acuerdo a la actividad desarrollada por el establecimiento (consultar los mencionados parámetros al mail [email protected]).
- La toma de muestra del efluente deberá ser realizada por un Laboratorio Habilitado a elección, que no debe tener ningún género de relación con el Establecimiento, ni tener interés directo o indirecto en el resultado que altere o pueda alterar la imparcialidad u objetividad del análisis. Podés consultar los Laboratorios Habilitados para la presentación del Protocolo de Análisis según Resolución 555/2012:
Una vez obtenido el Protocolo de Análisis con su correspondiente Cadena de Custodia, se deberá presentar en ORIGINAL Y COPIA ante la Dirección de Inspecciones con una copia de la nota en la cual informaron la fecha y hora de toma de muestras**.
ATENCIÓN: No deben excederse los 60 días hábiles para la presentación del Protocolo contados a partir de la fecha en que el Laboratorio lo expide.
**Debe exhibirse el original para que el personal de la SAyDS certifique la copia.
Consulta el modelo del protocolo de análisis Decreto 674/89 – Resolución de la ex OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN 79179/90.
Toda la documentación se presenta ante la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Dirección de Inspecciones. San Martín 451, Cdad. Autónoma de Bs. As.
Contacto:
Dirección de Inspecciones
[email protected]
tel.: (011) 4348-8692/8207
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
La Constancia de Visado de Documentación Técnica y Calidad del Vertido de obra existente tiene una duración de 3 años a partir de la fecha en que es otorgada, excepto cuando el establecimiento incurriere en alguna infracción a la normativa vigente.
Para su renovación sólo es necesario cumplimentar la segunda parte del trámite (Calidad de Vertido), solicitando por nota la renovación de constancia de visado de documentación técnica y calidad del vertido de obra existente.
Normativa
Decreto 674/1989 y su modificatorio Decreto Nº 776/92
Resolución 79.179/90 de la ex Obras Sanitarias de la Nación
Resolución SAyDS N° 203/04