Presidencia de la Nación

Transferir una patente o un modelo de utilidad

Los títulos de propiedad industrial pueden ser transferidos por varios motivos. El instrumento del cual surja esa transferencia debe inscribirse en el INPI para hacerlo oponible ante terceros y gozar de los derechos implicados, bajo los términos de la Resolución P-39/2011.

15 días hábiles En linea

Es el trámite de inscripción de una modificación en la titularidad de un derecho de patente de invención o modelo de utilidad por la transmisión de la titularidad.

¿A quién está dirigido?

A cualquier persona humana o jurídica titular de patentes de invención o modelos de utilidad en trámite o concedidos que pretenda transferirlos. El transmitente (titular del derecho) puede actuar por sí o a través de un apoderado, el cual debe poseer facultades de disposición.

¿Qué necesito?

Instrumento: la transferencia puede realizarse a través de una escritura pública o un instrumento privado. Este último caso puede ser mediante el formulario de acreditación de cesión que se encuentra adjunto en la página 5 del formulario de transferencia de patentes de invención o modelos de utilidad.

En todos los casos, la o el transmitente (titular de la patente o modelo de utilidad) debe certificar su firma, como así también su cónyuge (si correspondiera) conforme el art. 11.2 de la Resolución Nº P-39/2011 y el art. 464 inc o) del Código Civil y Comercial de la Nación. Además, si la certificación fue realizada por una escribana o un escribano matriculada/o fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe estar legalizada.

Completar el formulario en nuestro portal de trámites con el número de acta de la patente de invención o modelo de utilidad y todos los datos de las partes involucradas en la transferencia y cónyuges (si correspondiera). El documento generado será suscripto electrónicamente por la o el solicitante o su apoderada/o (quien deberá encontrarse logueado con CUIT y clave fiscal nivel 2).

Aclaración para actos celebrados en el extranjero: en estos casos su forma se regirá por las leyes del país en el que hubiera sido otorgado, pero deberá cumplir con el requisito de la certificación de firma de la/el cedente y su cónyuge (en caso de corresponder).

Para ventas de fondo de comercio: En este caso la transferencia deberá justificarse mediante el documento que acredite la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio (Ley Nº 11.867).

Transmisión por causa de muerte: para este motivo se requerirá un oficio o testimonio judicial con la orden expresa del Juzgado a cargo del proceso sucesorio que ordene la inscripción. El documento deberá consignar los datos de las herederas y los herederos, sus partes indivisas y la persona autorizada a suscribir el formulario.

Impedimentos a la transmisión: para hacer efectiva la transmisión del derecho no deben existir medidas cautelares que recaigan sobre la/el cedente, la denominación societaria anterior o la patente o modelo en cuestión.

¿Cómo hago?

1

Ingresá al portal de trámites con tu clave fiscal nivel 2. Mirá el paso a paso.

2

Seleccioná PATENTES / TRÁMITES / TRANSFERENCIAS.

3

Completá todos los datos del formulario.

4

Adjuntá escaneada en formato PDF la documentación que acredite la transferencia (contrato o formulario de cesión de patente de invención o modelo de utilidad), cumpliendo los requisitos mencionados (certificación de firmas, etcétera).

5

Firmá electrónicamente el trámite.

6

Generá y aboná el arancel correspondiente.

Recordá que la sola firma electrónica no acredita el trámite de transferencia. Tenés que abonar el volante de pago electrónico (VEP) y esperar a recibir la confirmación.

Si tenés alguna consulta, escribinos a [email protected]

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 15 días hábiles

¿Cuál es el costo del trámite?

Consultá los aranceles vigentes a partir del 1° de diciembre de 2023.




Descargas

Formulario: transferencia de patentes de invención o modelos de utilidad. (467.8 Kb)

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