La subvención contempla el mantenimiento de las instalaciones, aumento del caudal bibliográfico, remuneración y perfeccionamiento del personal bibliotecario —profesional, auxiliar y de maestranza—, modernización del equipamiento y actualización del procesamiento técnico de materiales.
Se puede acceder al subsidio durante todo el año, su ámbito de aplicación es todo el territorio nacional y su propósito es contribuir con el fortalecimiento de la capacidad institucional y organizativa de las Bibliotecas Populares.
¿A quién está dirigido?
A las personas apoderadas de las Bibliotecas Populares reconocidas por la CONABIP, con personería jurídica vigente.
¿Qué necesito?
Ser biblioteca popular reconocida por la CONABIP, con personería jurídica vigente.
Poseer el alta de beneficiario.
Tener aprobadas las rendiciones hasta el año inmediato anterior.
Contar con un correo electrónico de uso frecuente, que será la vía de comunicación oficial.
¿Cómo hago?
Ingresá a Trámites a Distancia
TAD tiene disponibles diferentes validadores de identidad para el acceso a la cuenta de usuario. Para acceder a la plataforma como apoderado/a de una Biblioteca Popular, elegí Ingresar/ con DNI.
Validá tus datos como persona apoderada y los del solicitante, es decir: la Biblioteca Popular (persona jurídica) que estás representando.
Completá la Nota de solicitud de subsidio, aclarando quiénes serán los firmantes (tienen firma conjunta la presidenta/e y tesorera/o de la Biblioteca), y adjuntá el Acta de designación de autoridades.
Una vez hecho esto, las personas seleccionadas en el paso anterior serán notificadas vía TAD en sus casillas de correo electrónico para que realicen la firma del documento desde la sección Tareas.
Completadas las firmas, hacé clic en Confirmá el trámite como persona apoderada para que la solicitud sea procesada.
Te aparecerá en la pantalla, el número de expediente generado. Con este número de expediente podrás hacer el seguimiento del trámite desde TAD, ingresando a Mis trámites, seleccionando Iniciados y luego Consultar Expediente.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Información complementaria
La Ley 23.351 contempla esta subvención en su artículo 5, inciso e.