Presidencia de la Nación

Convenios internacionales de Seguridad Social

Los Convenios Internacionales de Seguridad Social son tratados internacionales firmados por dos o más países que establecen reglas recíprocas para que las personas que trabajaron en los Estados que firman el acuerdo puedan acceder a las prestaciones de la seguridad social contabilizando los años aportados en cada uno de los Estados.


¿Qué son?

Son tratados internacionales firmados por dos o más países que establecen reglas recíprocas para que las personas que trabajaron en los Estados que firman el acuerdo puedan acceder a las prestaciones de la seguridad social contabilizando los años aportados en cada uno de los Estados.

Por ejemplo, en Argentina para acceder a una jubilación ordinaria es requisito tener 30 años de cotizaciones al sistema, además de la edad requerida por ley. Si una persona trabajó 15 años en Argentina y otros 15 años en España, gracias a la existencia de un Convenio de Seguridad Social vigente entre estos países, se considerará que alcanzó los 30 años requeridos.

¿Cuáles son las prestaciones?
  • Prestaciones por vejez (jubilaciones)
  • Prestaciones por sobrevivencia (pensiones)
  • Prestaciones por invalidez

Sin embargo, no todos los convenios comprenden las mismas prestaciones. Algunos abarcan solo lo relativo al régimen de jubilaciones y pensiones, y otros incorporan prestaciones tales como Cobertura de Salud o Riesgos del Trabajo.

¿Quiénes pueden solicitar el reconocimiento de servicios?

Todas las personas que en virtud de su trabajo en alguno de los países con los que Argentina tiene un Convenio internacional vigente hayan realizado aportes a los sistemas de seguridad social de dichos países.

¿Quién negocia los Convenios Internacionales de Seguridad Social?

En la República Argentina la autoridad competente es el Ministerio de Capital Humano. Las negociaciones con los otros Estados las lleva adelante la Subsecretaría de Seguridad Social.

¿Cuándo entran en vigor?

Una vez suscriptos estos convenios por parte del presidente de la Nación o el canciller, el Congreso debe sancionar una ley aprobatoria para su entrada en vigor.

¿Cómo se realiza el trámite?

Los trámites se realizan a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que cuenta con una Unidad de Atención Convenios Internacionales especializada en el tema.

Para más información ingresar en la web de ANSES

Convenios vigentes.
  • Bilaterales: Bélgica, Chile, Colombia, Ecuador, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Israel, Italia, Luxemburgo, Portugal y Perú
  • Multilaterales: Convenio Multilateral de Seguridad Social del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) y Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (vigente para Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana y Uruguay).
Activar: 
0
Scroll hacia arriba