Concesión de pequeños comercios para personas con discapacidad
La Ley Nº 24.308 dispone que las personas con discapacidad pueden acceder a la concesión de espacios para la explotación de pequeños comercios en organismos públicos dentro del Estado nacional, entes descentralizados y autárquicos y empresas mixtas donde concurran como mínimo un promedio diario de 300 personas.
El objetivo es fomentar la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral competitivo a través de una actividad comercial. La Ley establece prioridad para personas ciegas y disminuidas visuales.
El Ministerio de Trabajo de la Nación, a través de la Dirección de Promoción de la Empleabilidad de Trabajadores con Discapacidad (DPETD), lleva los registros de concesionarios, de aspirantes y lugares disponibles.
Los adjudicatarios acceden al curso de gestión empresarial del Programa de Empleo Independiente, lo que les aporta un mayor conocimiento sobre comercialización y administración del negocio.
Los interesados con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires pueden inscribirse en la DPETD, con original y copia del DNI, certificado de discapacidad vigente y constancia de CUIL.
En la DPETD se realizan las inscripciones en el Registro de Aspirantes con Discapacidad y asesoramiento sobre la normativa y se da seguimiento a las concesiones otorgadas para lograr el entendimiento de las partes y la comunicación permanente con los organismos de espacios disponibles y los ya adjudicados.