Registro de la relación laboral (Contratación de trabajadores)
El empleador debe registrar esa relación laboral cualquiera sea la modalidad de contratación.
Antes de registrar la relación laboral, el empleador debe contar con su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y estar inscripto como empleador. Ambos trá¬mites se realizan en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Si el trabajador no posee su Clave de Identificación Laboral (CUIL), debe solicitarla ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Los empleadores que están en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) deben utilizar el servicio “Simplificación Registral” (para hacerlo deben contar con su Clave Fiscal).
Con este sistema el empleador debe registrar a cada uno de los trabajadores que incorpora o desafecta de su nómina, incluso para las pasantías.
El empleador puede modificar determinados datos de la información que posee el “Registro”, o anular el alta comunicada si no se produjo el comienzo efectivo de las tareas.