Relación laboral para casas particulares
Si una persona trabaja realizando tareas domésticas su empleador debe registrarla para que pueda acceder a sus beneficios sociales (aporte jubilatorio, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros).
- Todas las trabajadoras, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, tienen que estar inscriptas en el registro de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Siempre son los empleadores quienes deben realizar el registro.
Las trabajadoras migrantes tienen exactamente los mismos derechos que las trabajadoras nacionales.
Alta de la trabajadora
Una vez que el empleador registró en AFIP a la trabajadora se da de alta la relación laboral.
Importante
- El empleador debe imprimir, firmar y guardar los comprobantes del alta, que se generan automáticamente una vez finalizada la carga de la relación laboral.
- El sistema emite la constancia por duplicado. Uno le corresponde al empleador, y el otro a la trabajadora.
- No dejes de entregar a la trabajadora el comprobante del registro de la relación laboral, porque lo necesitará para distintas finalidades.
- Ambas copias deben estar firmadas.