TASA ANUAL PARA ENTIDADES DE TIRO (SIN INSTALACIONES PROPIAS): FEDERACIONES O FOROS
Las federaciones o foros de tiro sin instalaciones propias deberán presentar la Tasa Anual para continuar con su inscripción vigente y regular ante la ANMaC. A continuación, se detallan los requisitos necesarios para llevar a cabo la presentación de la Tasa Anual.
REQUISITOS
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Nota de Presentación
- La nota debe incluir un detalle de la documentación que se adjunta y debe estar suscrita por el presidente o representante legal de la entidad con su firma debidamente certificada, según lo establecido en la Disposición 315/07.
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Documentación Certificada
- Estatuto Social: Fotocopia certificada del estatuto social. Solo es necesario en caso de haberse efectuado modificaciones respecto a lo presentado anteriormente. La certificación puede ser realizada por escribano público, autoridad judicial, autoridad policial con grado de oficial, entidad bancaria o persona autorizada por la ANMaC.
- Acta de Designación de Autoridades Vigentes: Presentar copia certificada del acta que designe las autoridades con mandato vigente.
- Nómina de la Comisión Directiva: La nómina debe incluir el número de legajo de legítimo usuario del presidente, vicepresidente/s y secretario, o de los miembros que ocupen cargos similares en subcomisiones de tiro, si corresponde. En caso de que algún miembro no posea la condición de legítimo usuario, deberá presentar Certificado de Antecedentes Penales. Solo se debe presentar si ha habido modificaciones respecto a la última presentación realizada.
- Nómina de Entidades de Tiro Afiliadas: La federación o foro deberá presentar la nómina completa de las entidades de tiro que la conforman. Se debe remitir esta información solo si ha habido modificaciones respecto a lo presentado anteriormente.
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Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412
- Los formularios deben estar debidamente cumplimentados y certificados para proceder con la presentación de la tasa anual.
Observaciones
- La presentación de la Tasa Anual debe realizarse en el mes correspondiente a la fecha de vencimiento de la inscripción.
- La ANMaC se reserva el derecho de rechazar la solicitud en caso de que la documentación no cumpla con los requisitos establecidos o si se detectan incongruencias en la información proporcionada.
- Las entidades deben mantener actualizada toda la documentación en caso de modificaciones en la comisión directiva, estatutos o inventario.