Presidencia de la Nación

Preguntas Frecuentes


1. ¿Para qué servicios públicos aplica la solicitud?

La solicitud aplica para los servicios de energía eléctrica y gas natural por redes.

2. ¿Qué tengo que hacer para mantener los subsidios a la luz y el gas?

Si ya te anotaste, no tenés que hacer nada. Si nunca te inscribiste, tenés que completar el formulario de inscripción que tiene carácter de declaración jurada. Luego el Estado Nacional va a evaluar la información disponible y asignarte el subsidio que te corresponda de acuerdo a las condiciones socio-económicas de tu hogar.

3. ¿Quiénes deben completar la solicitud?

Deben completar la solicitud quienes quieran acceder a los beneficios del NIVEL 2 o 3 y nunca hayan completado la solicitud. La iniciativa está destinada a usuarios residenciales y personas mayores de 18 años.

4. ¿Qué hago si necesito ingresar a mi formulario y no encuentro el número de trámite?

En caso de que no encuentres el número de trámite de tu registro, podés recuperarlo con tu DNI y el mail con el que realizaste tu inscripción ingresando en esta página.

5. ¿Los usuarios con Tarifa Social o Electrodependientes deben completar el formulario?

ATENCIÓN: Si nunca se inscribieron en el RASE y quieren acceder o mantener los beneficios de N2 o N3, deben inscribirse antes del 5 de agosto de 2024. Si no se inscriben, mantendrán la Tarifa Social, pero no podrán acceder a las bonificaciones previstas para N2 o N3 hasta que se inscriban.

6. Si no puedo completar la solicitud digital, ¿qué otra alternativa existe para inscribirme?

Podés comunicarte al Centro de Atención Telefónica (CAT) al 0800 222 7376. o acudir en forma presencial a la prestadora o a los entes reguladores.

7. ¿Cómo puedo modificar o eliminar mi solicitud?

Si omitiste datos, cometiste errores o cambio tu situación patrimonial o del hogar, podés rehacer la solicitud o eliminarla ingresando acá.

8. ¿A qué beneficios accedo una vez inscripto?

Podés acceder a bonificaciones en el precio de gas y energía eléctrica.

9. ¿Qué pasa si vivo en Zona Fría?

  • Si sos usuario de gas N2 ubicado en el área licenciada a Camuzzi Gas del Sur S.A., tendrás una bonificación del 24% sobre tu consumo excedente (además de la bonificación general sobre el consumo base).

  • Si sos usuario de electricidad, sin acceso al servicio de gas por redes y te encontrás en las regiones, provincias, departamentos y localidades de las subzonas IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, correspondiente a las zonas bio-ambientales bajo norma IRAM 11603/2012, determinadas en la Ley N° 27.637 de Ampliación del Régimen de Zona Fría, el consumo base subsidiado se amplía del siguiente modo:

a) Para usuarios N2, el consumo base se fija en SETECIENTOS (700) kWh/mes.

b) Para usuarios N3, el consumo base se fija en QUINIENTOS (500) kWh/mes.

10. ¿A quiénes se les va a asignar el o los subsidios?

A todos los hogares que reúnan las condiciones socio-económicas para mantener un subsidio, que serán aquellos que:

  • Perciban ingresos totales de bolsillo menores de 3,5 canastas básicas totales de hogar tipo 2 o menores de 3,5 canastas básicas totales tipo 2 más el 22% para los hogares de la Patagonia.
  • No cuenten con 3 o más inmuebles propios.
  • No tengan 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
  • No tengan una aeronave o embarcación de lujo.
  • No sean titulares de activos societarios que demuestren capacidad económica plena

11. ¿Cómo se definen los ingresos totales para cada segmento?

Se entiende por ingresos totales del hogar a la suma mensual de los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar. Los ingresos totales que definen a cada segmento para el esquema de subsidios se calculan tomando como referencia el valor actual de la canasta básica tipo 2 de INDEC.

Para conocer más sobre el valor de la canasta básica total, podés ingresar a la página de INDEC

12. ¿Qué sucede si la factura del servicio no llega a mi nombre?

Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no sos la persona titular.

13. ¿Tengo que cambiar la titularidad del servicio para acceder al subsidio?

No, podés acceder igual sin tener que cambiar la titularidad. Lo importante es asociar a las personas que conviven en el hogar (usuarios reales) con los datos que figuran en la factura.

14. ¿Qué información de la factura del servicio tengo que tener a mano?

Tanto para solicitar el subsidio para el servicio de luz como para el de gas, en la inscripción vas a tener que completar los siguientes datos:

  • El nombre de la empresa o cooperativa distribuidora.
  • Alguno de estos 4 números: Nro de cuenta/Nro. de servicio/Nro. de cliente/NIS (sólo tendrás que completar el que figure en tu factura)
  • Número de medidor.

En esta página vas a poder ver algunos ejemplos de facturas de distribuidoras y cooperativas que te van a ayudar a identificar el número de medidor y el número de cuenta, cliente, servicio o NIS (Número Identificador de Suministro).

15. ¿La inscripción a este subsidio es compatible con otras prestaciones sociales?

Sí, la inscripción es compatible con otras prestaciones sociales. Recordá que si sos beneficiario de Tarifa Social o Electrodependiente, igualmente tenés que inscribirte para acceder a la bonificación.

16. ¿Para cuántos hogares puedo hacer la solicitud del subsidio?

Sólo podrás hacer la solicitud de subsidio por un servicio de energía eléctrica y uno de gas de red de tu domicilio declarado

17. ¿Quiénes conforman un hogar?

Se denomina hogar a todas las personas, familiares o no, que viven en el domicilio del servicio de luz y/o gas.

18. ¿Qué sucede si tengo más de un servicio de luz o gas a mi nombre?

En ese caso, solamente deberás completar los datos del servicio de un solo domicilio.

19. ¿Con la información suministrada en la declaración jurada es suficiente?

Sí. El Estado Nacional realizará un análisis en base a la información disponible en sus bases de datos administrativas, según lo autorizaste en la declaración jurada al momento de completar la solicitud.

20. ¿Dónde puedo realizar consultas sobre los subsidios?

Podés realizar tus consultas completando este formulario o llamando al teléfono 0800 222 7376.

21. ¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación?

Si, aún no te inscribiste, si. Tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

22. ¿Qué pasa si no encuentro la empresa de luz o gas que presta servicio en mi hogar en el listado de empresas del formulario?

Por favor comunicarse con el Centro de Atención Telefónica (CAT) al 0800 222 7376.

23. ¿Qué hago si tengo Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento?

Por favor comunicarse con el Centro de Atención Telefónica (CAT) al 0800 222 7376.

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