Presidencia de la Nación

Derechos y Obligaciones


Conocé cuales son los derechos y obligaciones que le corresponden a los empleadores:

Derechos

  • Elegir una ART y cambiar de aseguradora, luego de cumplir los plazos mínimos de afiliación.
  • Recibir por parte de la ART asesoramiento, capacitación y asistencia técnica en materia de prevención de riesgos para el propio empleador y para sus trabajadores.
  • Recibir información de la ART sobre el régimen de alícuotas vigente, sobre las prestaciones que prevé el sistema de riesgos del trabajo y los procedimientos de denuncia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos que correspondan y el cumplimiento de la asistencia médica y económica a sus trabajadores en caso de accidentes o enfermedades profesionales.
  • Exigir a su ART la entrega de credenciales para los trabajadores en la cual consta el número telefónico de la aseguradora para llamar en forma gratuita al Centro Coordinador de Atención Permanente (CeCAP) que brinda asistencia y orientación en caso de accidente de trabajo.

Obligaciones

  • Estar afiliado a una ART o autoasegurarse (sólo si cumplen con los requisitos establecidos).
  • Notificar a la ART la incorporación de nuevo personal.
  • Informar a sus trabajadores a qué ART está afiliado.
  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo establecidas a través de las Leyes 19.587 y 24.557 y sus normativas complementarias.
  • Adoptar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo.
  • Informar a sus trabajadores de los riesgos que tiene su tarea y protegerlos de los mismos.
  • Proveer a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
  • Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
  • Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad (si dicho cambio implica el comienzo de una eventual exposición a agentes de riesgo), e informar los resultados de los mismos al trabajador.
  • Denunciar ante la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
  • Solicitar a la ART la atención médica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.
  • Denunciar incumplimientos de su ART ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
  • Mantener un registro de accidentabilidad laboral.
  • Inscribirse a través de su ART al “SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE SUSTANCIAS Y AGENTES CANCERIGENOS” (Resolución SRT 81/19) y al “Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores” (Resolución SRT 743/03) .
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