Presidencia de la Nación

Derechos y deberes de los visitantes


Reglamento de Comunicaciones de los Internos - Decreto 1136/97

El visitante tendrá derecho a:

  • Acceder a la visita sin otras limitaciones que las contenidas en éste reglamento, en el reglamento interno de cada establecimiento y en las instrucciones dictadas por el director en su consecuencia.
  • Recibir información clara y precisa sobre los requisitos que debe cumplir para acceder a la visita, las normas que deberá observar, la nómina de objetos y/o elementos que pueden llevar al interno y la forma en que estos deben ser presentados para facilitar su registro sin que sean dañados.
  • Peticionar ante el director el ingreso de objetos y/o elementos no previstos en la nómina autorizada en forma general.
  • Solicitar se lo exceptúe de los procedimientos de registro personal, sin que ello implique supresión del examen del visu de su persona y vestimenta, ni del empleo de sensores no invasivos u otras técnicas no táctiles apropiadas y eficaces. En ese caso, la visita solo podrá ser realizada sin contacto con el interno, en locutorio o, si lo permiten las instalaciones del establecimiento, en lugar acondicionado para ello.
  • Recurrir ante el director nacional del Servicio Penitenciario Federal dentro de las cuarenta y ocho horas de notificadas las resoluciones del director del establecimiento que puedan afectar sus legítimos intereses.

Constituyen deberes del visitante:

  • Respetar las normas contenidas en el presente reglamento, en el reglamento interno y en las instrucciones dictadas por el director en su consecuencia.
  • Respetar el orden del establecimiento.
  • Observar el horario fijado para su ingreso y egreso.
  • Presentarse sobrio, aseado y adecuadamente vestido.
  • Presentar documentación y suministrar información fidedignas para los trámites de visita.
  • Abstenerse de ingresar equipos móviles o elementos de comunicación personal o los destinados al almacenamiento, captación o reproducción de imágenes, sonidos o textos.
  • Abstenerse de introducir o sacar objetos, elementos o sustancias no autorizados expresamente.
  • Respetar la prohibición de fumar en lugares no autorizados.
  • Guardar corrección en el trato con el personal penitenciario y con terceros.
  • Resguardar las instalaciones y el mobiliario del establecimiento y cualquier elemento provisto o facilitado para la visita.
  • Acatar las directivas que el personal imparta para el desarrollo de la visita.
  • Mantener la higiene del sector destinado a la visita.
  • Respetar la seguridad del establecimiento y no realizar actos que puedan derivar en indisciplina, evasión o fuga.
  • Adecuar su comportamiento de manera que no ofenda al orden y a la moral pública.

Normas generales de los visitantes

  1. La persona visitante y sus pertenencias, por razones de seguridad, serán registrados.
  2. Las visitas serán concedidas previo pedido o conformidad expresa de la persona privada de libertad, quien podrá en cualquier momento, bajo constancia escrita, desistir de la visita solicitada o propuesta.
  3. Las visitas se encuentran diagramadas según su modalidad, sector de alojamiento y en horario diurno.
  4. En todos los casos la persona visitante deberá comprobar su identidad mediante la presentación de alguno de los documentos detallados en los requisitos obligatorios de esta página.
  5. Cuando el visitante hubiere extraviado la documentación que acredite su identidad o esta se encuentre en trámite, deberá presentar las constancias expedidas por autoridad competente.

Recaudos dentro del establecimiento

Se le recuerda que una vez que haya traspasado las barreras de ingreso de cualquier establecimiento penitenciario federal, deberá ajustarse a las normativas vigentes y a las recomendaciones que se explicarán a continuación con el fin de resguardar su integridad y la de sus allegados.

  1. Diríjase a los funcionarios penitenciarios siempre en un tono adecuado sin alterar el orden. Cualquier incumplimiento a sus obligaciones y faltas de respeto son pasibles de sanción según las reglamentaciones en vigencia.
  2. Diríjase sin correr hacia los lugares que correspondan, ya que podría caerse, lastimarse y ocasionar problemas a los demás visitantes al momento del ingreso o egreso del establecimiento.
  3. Tenga en todo momento a los niños que traiga consigo a su lado, en lo posible de la mano. Recuerde que en los complejos carcelarios de máxima seguridad, existe una zona destinada para subir a o los micros que lo llevarán a la unidad residencial donde se aloja el interno que viene a visitar. Al momento de subirse al móvil que lo trasladará hasta las diferentes unidades residenciales, siga las indicaciones de los funcionarios y tome asiento, acomode sus pertenencias de manera que no obstaculice el paso de los pasillos y aguarde a que el móvil se detenga para levantarse y bajar.
  4. Mantenga el respeto hacia el otro, teniendo siempre en consideración la prioridad que debe dárseles a las mujeres embarazadas, con niños, ancianos y personas con discapacidad.
  5. Dentro de los salones, recuerde siempre que, ante cualquier duda o eventualidad, usted cuenta con personal de visita para atenderlo.
  6. En caso de descompensación dentro de los salones de visita, informar al funcionario a cargo, que realizará las comunicaciones pertinentes al enfermero o médico de turno para atenderlo.
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