SOLICITUD DE REINSCRIPCIÓN DE ENTIDADES DE TIRO CON INSTALACIONES PROPIAS
La reinscripción de entidades de tiro con instalaciones propias deberá realizarse ante la ANMaC, cumpliendo con los requisitos establecidos para mantener la vigencia de la inscripción. A continuación, se detallan los requisitos necesarios:
REQUISITOS
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Nota de Presentación:
- Detallar la documentación que se adjunta.
- Debe estar firmada por el presidente o representante legal de la entidad, con firma debidamente certificada según la Disp. 315/07.
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Fotocopias Certificadas:
- Estatuto social: solo en caso de haberse efectuado modificaciones desde la última reinscripción.
- Acta de designación de autoridades vigentes.
- Documentación del inmueble: Título de dominio, contrato de locación, comodato, usufructo o cualquier instrumento que acredite la ocupación del predio (solo si se han producido modificaciones respecto a lo presentado al momento de pago de la última tasa anual).
- Habilitación municipal: Presentar la habilitación municipal donde figure el rubro habilitado como Tiro Federal, Club, Galería o Polígono de Tiro. En caso de no existir normativa municipal, adjuntar nota que lo indique o cualquier documentación que acredite su habilitación, reconocimiento como entidad de bien público, monumento histórico, autorización para la realización de torneos, etc. (solo si se han producido modificaciones respecto a lo presentado anteriormente).
- Planos de las instalaciones: Firmados por profesional responsable (ingeniero civil, arquitecto o maestro mayor de obras). Solo en caso de haberse efectuado modificaciones con relación a lo presentado al momento de la última reinscripción.
- Póliza de seguro vigente: Con las cláusulas establecidas en la requisitoria para la inscripción.
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Reglamento Interno de Tiro:
- Firmado por el presidente o representante legal de la entidad. Solo en caso de haberse efectuado modificaciones con relación a lo presentado al momento de la última reinscripción.
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Nómina de Instructores de Tiro:
- Designados por las autoridades, indicando número de legajo, matrícula y firma de aceptación de los instructores.
- Firmada por el presidente o representante legal de la entidad. Solo en caso de haberse efectuado modificaciones con relación a lo presentado al momento de la última reinscripción.
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Nómina de la Comisión Directiva:
- Indicar número de legajo de legítimo usuario del Presidente, Vicepresidente/s y Secretario, o de los miembros que ocupen cargos similares en subcomisiones de tiro, conforme al estatuto de la entidad.
- Si los miembros no revisten la categoría de legítimo usuario, adjuntar Certificado de Antecedentes Penales. Solo en caso de haberse efectuado modificaciones con relación a lo presentado al momento de la última reinscripción.
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Fotografías de las Instalaciones:
- Solo en caso de haberse producido modificaciones en las instalaciones.
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Inspección de Seguridad:
- Presentar Acta de Inspección para Entidades de Tiro, firmada por un funcionario policial con grado de oficial de la policía jurisdiccional.
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Formularios Leyes N° 23.283 y 23.412 correspondientes.
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Libro Registro Oficial de Municiones:
- Para las entidades de tiro autorizadas a la venta de municiones.
- Asentar cronológicamente las operaciones con municiones dentro de las 24 horas.
- Remitirlo en soporte informático (CD) en forma trimestral (Disp. 240/11).
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Condiciones de Seguridad:
- Cumplir con las condiciones de seguridad para la guarda y almacenamiento de materiales controlados según lo establecido por la legislación vigente.