SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE FÁBRICAS DE MUNICIONES
Los establecimientos destinados a la fabricación de municiones deben contar con la correspondiente habilitación otorgada por la ANMaC.
Requisitos para la habilitación de fábricas de municiones
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Nota de solicitud:
- Especificar la petición que se efectúa, indicando las instalaciones sobre las que se solicita la habilitación y la documentación adjunta.
- La nota debe estar firmada y aclarada por el representante legal o titular de la empresa, con la debida certificación (Disp. 141/11).
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Ficha de Datos Técnicos H1:
- Debidamente cumplimentada y con firmas certificadas.
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Formularios Leyes 23.283 y 23.412:
- Presentar los formularios debidamente cumplimentados y con firmas certificadas.
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Documentación requerida (fotocopias certificadas):
- Estatuto o Contrato Social y sus modificaciones, inscripto en la Inspección General de Justicia, Registro Público de Comercio, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía, u otro organismo competente.
- Acta de designación de autoridades societarias vigentes o de sus representantes legales. El objeto social debe contemplar los rubros cuya habilitación se solicita.
- Inscripción ante la AFIP-DGI y último recibo de pago.
- Título de propiedad, contrato de alquiler o comodato de las instalaciones.
- En caso de locación o cesión en comodato, la habilitación no deberá superar el plazo de vencimiento del contrato.
- Habilitación Municipal con expresa mención del rubro, a nombre del solicitante.
- Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Uso Civil Condicional vigente del titular, representante legal y responsable de la producción.
- Si la credencial tiene más de un año desde su emisión, se debe presentar:
- Certificado de antecedentes judiciales del titular o representante legal de la sociedad y del responsable de la producción.
- Certificado de aptitud psíquica y física, en el caso del responsable de producción.
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Póliza de seguro:
- Presentar póliza de seguro de responsabilidad civil por los riesgos derivados del manejo, tenencia y almacenamiento de pólvoras y fulminantes.
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Planos originales de la fábrica:
- Firmados por un profesional matriculado y el propietario o representante legal.
- Incluir detalles topográficos del predio, distribución de edificios y caminos, e indicar el uso de cada local (productos terminados, instalaciones de ensayo, polvorines, etc.), tipo de construcción, instalaciones y maquinaria principal.
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Detalle de los productos a fabricar:
- Características, especificaciones, patentes y/o licencias.
- Naturaleza, cantidad y origen de las materias primas necesarias para la producción.
- Producción anual programada.
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Memoria descriptiva:
- Esquemas o croquis que detallen el movimiento de materiales, pólvoras y fulminantes con sus cantidades, procesos de fabricación, métodos y equipamiento para asegurar la calidad, y ensayos de los productos.
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Planos de conjunto y de detalle:
- Planos de los elementos a fabricar (firmados por un profesional matriculado y el titular de la firma o representante legal).
- Incluir tolerancias, especificaciones técnicas, principales operaciones de fabricación y tratamientos, conforme a las Normas para Dibujo Técnico del IRAM.
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Antecedentes técnicos del responsable de producción:
- Presentar el Currículum Vitae del responsable de producción, firmado por el responsable y avalado por el representante legal de la empresa, con ambas firmas certificadas.
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Medidas de seguridad y protección:
- Detallar las medidas de seguridad adoptadas: rejas, alarmas, vigilancia, seguridad contra incendios, etc.
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Habilitación de polvorines:
- Solicitar la correspondiente habilitación de los polvorines a utilizar.
Inspección de las instalaciones
- Finalizadas las obras, se deberá solicitar a la ANMaC la inspección de la fábrica respectiva.
- Una vez inspeccionadas y aprobadas las instalaciones, y superados los ensayos de las muestras de los productos, la resolución de las distintas solicitudes formuladas corresponderá a la Dirección Nacional o, en su caso, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Aprobación y registración de prototipos
El solicitante deberá presentar los prototipos de los productos a fabricar de la siguiente manera:
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Ficha de Datos Técnicos 9:
- Completar una ficha por cada producto a registrar, junto con los Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes.
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Entrega de muestras:
- La cantidad de muestras será determinada según el tamaño del lote a producir.
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Costo de ensayo:
- El costo generado por el ensayo deberá ser abonado por el usuario comercial en la entidad que realice el ensayo.
Observaciones adicionales
- Las habilitaciones otorgadas por la ANMaC son intransferibles. En caso de alquiler o cesión de las instalaciones, deberá realizarse en forma total y exclusiva. Si la instalación ya está habilitada a nombre de otra persona, se deberá solicitar la baja a nombre del locador o cedente.
- Completar todos los datos solicitados en el instructivo con letra clara y de imprenta.
- No dejar espacios en blanco ni utilizar corrector líquido.
- No se admitirán enmiendas sin que se encuentren debidamente salvadas en observaciones.
- Prohibido modificar instalaciones fabriles, experimentar nuevas técnicas de producción o fabricar nuevos modelos de municiones sin la previa autorización de la ANMaC.
- Todas las firmas y fotocopias de documentación deben estar certificadas por autoridad judicial, escribano público, personas físicas o jurídicas habilitadas por la ANMaC, o autoridad policial jurisdiccional con grado de oficial, sello y firma aclaratoria.