Las aseguradoras y/o reaseguradoras pueden solicitar excepciones a lo indicado en la normativa sobre inversiones establecida en los artículos 30, 35 y 39 del RGAA sin que ello implique aceptación por parte de la SSN.
¿A quién está dirigido?
A entidades aseguradoras.
¿Qué necesito?
Todos los firmantes deben tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD) (clave fiscal).
Nota con la solicitud de excepción.
Deberá ser firmada por el presidente o apoderado legal, después del apoderado TAD en AFIP.
Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD, trámite “Pedido de Excepción a Normativa sobre Inversiones”, con clave fiscal.
Debés operar como apoderado de la entidad a la que representas.
El rol del apoderado no es el de "apoderado legal", sino es quien fue designado por el administrador de relaciones de clave fiscal de la entidad como quién gestiona el trámite y la firma digital de la entidad por la que está actuando en nombre.
Establecé los firmantes.
Completá el formulario (Pedido de Excepción a Normativa sobre Inversiones).
Adjuntá la documentación solicitada (Nota con la solicitud de excepción).
Iniciá el proceso de firmas conjuntas.
Confirma el trámite.
Cada firmante deberá firmar la documentación en TAD.
Una vez finalizado el trámite obtenés un Nº de expediente dentro del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Deberá esperar la respuesta por parte del Organismo, en la cual se indica si se otorga o no la solicitud.
Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 o escribir a [email protected].
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito