Las entidades aseguradoras deben tener un controlador fiscal homologado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el cual debe ser inscripto en el Registro de Controladores Fiscales de la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Tené en cuenta que:
La función de un controlador fiscal es asentar debidamente el pago en efectivo de los premios (principal obligación del asegurado, es la suma total a pagar por una póliza de seguro) de los contratos de seguro. Esto se realiza mediante la emisión de los comprobantes de pago.
El comprobante de pago expedido por el C.F., debe tener los siguientes datos:
DATOS DEL C.F.
- Código del Registro
- Domicilio donde está el C.F.
ENTIDAD ASEGURADORA:
- Número de CUIT
- Importe de la operación.
- Ramo – Cobertura.
- DNI o CUIT del Asegurado o Tomador de la póliza.
- Número de cuota.
- Fecha de la Operación y Hora de la operación.
- Fecha de vencimiento del Premio.
- Número de la operación.}-{}-{warning}]]
¿A quién está dirigido?
A compañías de seguros.
¿Qué necesito?
Debes tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD) (clave fiscal).
¿Cómo hago?
Accedé a TAD, seleccioná el trámite “Inscripción al Registro de Controladores Fiscales”, con clave fiscal.
Completá el formulario con los datos del controlador fiscal que va a utilizar la compañía en carácter de Declaración Jurada indicando marca, modelo, año de fabricación, si se encuentra homologado por AFIP, etc.
Finalizada la carga confirmá los datos ingresados.
El sistema generará un número de expediente ante la SSN.
La SSN analizará la información y recibirás una notificación mediante el Sistema Único de Notificaciones (SUN).
Normativa
Resolución 2017-40541 del 14/06/2017 | Resolución 2017-40619 del 10/07/2017 | Resolución 2017-40769 del 01/09/2017
Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400