Las Entidades de Medicina Prepaga comprendidas en el Art. 1° de la Ley N° 26.682 deben inscribirse en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga -RNEMP- a fin de obtener la autorización para funcionar, de conformidad con lo dispuesto en el inc. B) del art. 5° de la Ley Nº 26.682 y las normas concordantes, según el procedimiento establecido en la Resolución N°132/2018-SSSALUD.
El trámite se inicia a través del envío de la documentación requerida. Una vez analizada y encontrándose cumplidos todos los recaudos normativos, el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) procede al alta de la Entidad de Medicina Prepaga y otorga el certificado de inscripción.
Para todas las inquietudes relacionadas con el trámite de inscripción y/o aspectos jurídicos del mismo comunicarse al teléfono 011-4344-2800 interno 2742/2012 o a [email protected]
¿A quién está dirigido?
A las Entidades de Medicina Prepaga comprendidas en el Art. 1º de laLey Nº 26.682
¿Qué necesito?
- 1.- De la persona jurídica
- 1.1. Estatuto, contrato social o instrumento jurídico de constitución, según corresponda, certificado por Escribano Público.
- 1.2. Constancia de Inscripción emitida por la autoridad competente.
- 1.3. Constancia de CUIT.
- 1.4. Declaración jurada de domicilio legal.
- 1.5. Declaración jurada de domicilio y teléfono de la sede central y de todas las sucursales.
- 2.- De las Autoridades (titulares, fundadores, directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores o gerentes)
- 2.1. Copia certificada de la documentación que acredite la designación de las autoridades según normativa aplicable a cada tipo de persona jurídica, o copia del D.N.I. si la titularidad fuere unipersonal.
- 2.2. Declaración Jurada en la que se haga constar no encontrarse comprendido por las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 264 de la Ley N° 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias.
- 2.3. Certificado de antecedentes emitido por el Registro de Juicios Universales de la jurisdicción que corresponda al domicilio real del interesado.
- 2.4. Acreditación del domicilio real expedido por la autoridad jurisdiccional de residencia.
- 2.5. Certificado de inhibición general de bienes expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble con jurisdicción en el domicilio del interesado.
- 2.6. Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
- 3.- De los demás recaudos exigidos por la Ley Nº 26.682 y Decreto Reglamentario N° 1993/11.
- 3.1. Modelos de contratos a suscribir con los usuarios, en todas las modalidades de contratación y planes.
- 3.2. Composición del patrimonio e inventario de los bienes, certificada por contador público.
- 3.3. Últimos tres (3) Estados Contables aprobados, o Certificación Contable de Inicio de Actividades.
- 3.4. Planes de extensión de coberturas y programas y otras prestaciones: Nombre del plan, tipo, servicios cubiertos y exclusiones (si las tuviere), vigencia, ámbito de actuación, cartilla de prestadores, valor propuesto de la cuota mensual, coseguros/copagos y reintegros vigentes y modificadores (por ej., si no puede ejercerse en determinada condición o si se requiere autorización previa).
- 3.5. Estructura orgánico-funcional y estructura de ingresos y costos de la empresa en lo atinente a la actividad regulada.
- 3.6. Listado de efectores prestacionales con identificación de: Nombre y Apellido o Razón Social, Domicilio, CUIT, tipo de prestación contratada y ámbito de aplicación (jurisdicción y población a cubrir) y constancia de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de la Salud, conforme el aplicativo disponible en la página web de la SSSalud.
- 3.7. Certificación bancaria de la cuenta recaudadora única y exclusiva habilitada únicamente para la recepción del pago de las cuotas de los usuarios.
- 3.8. Entidades concursadas: Deberán informar: Radicación del concurso: fuero, jurisdicción, Juzgado y Secretaría; fecha de presentación, fecha de apertura y, según estado del procedimiento, fecha del Informe del Art. 35, Ley 24.522, Fecha del Informe del Art. 36, Ley 24.522; Fecha de homologación, fechas de vencimiento y montos de las concordatarias; estado de cumplimiento del acuerdo.
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4.- De las Asociaciones Mutuales:
Las Asociaciones Mutuales deberán cumplir con los requisitos exigidos en los puntos 1 y 3 precedentes, así como acompañar la documentación indicada en el punto 2 precedente respecto de cada uno de los miembros que integran los Órganos de Conducción, Administración y Fiscalización.
Además deberán presentar:- 4.1. Reglamento para la prestación de servicios de salud.
- 4.2. Resolución del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) mediante la cual se aprueba el Reglamento.
- 4.3. Certificación de Vigencia emitida por el INAES.
- 5.- De las Cooperativas:
Las Cooperativas deberán cumplir con los requisitos exigidos en los puntos 1 y 3 precedentes, así como acompañar la documentación indicada en el punto 2 precedente respecto de cada uno de los miembros que integran los Órganos de Conducción, Administración y Fiscalización.
Además deberán presentar la Certificación de Vigencia emitida por el INAES.
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6.- De los Agentes del Seguro de Salud:
Los Agentes del Seguro de Salud deberán presentar:- 6.1. Descripción y características de los planes de adhesión voluntaria y de los planes superadores o complementarios por mayores servicios que comercializaren: Nombre del plan, tipo, servicios cubiertos y exclusiones (si las tuviere), vigencia, ámbito de actuación, cartilla de prestadores, valor propuesto de la cuota mensual, coseguros/copagos y reintegros vigentes y modificadores (por ej., si no puede ejercerse en determinada condición o si se requiere autorización previa).
- 6.2. Modelo de contrato a suscribir con los usuarios de dichos planes.
¿Cómo hago?
Ingrese al trámite de Inscripción en el Registro de Entidades de Medicina Prepaga mediante la plataforma de Trámites A Distancia (TAD). Este trámite debe realizarlo con usuario de AFIP, Clave Fiscal 3. Ingrese aquí para gestionar sus claves.
Trámites a Distancia es una plataforma que permite al ciudadano realizar trámites ante la Administración Pública de manera virtual desde una computadora, pudiendo gestionar y realizar el seguimiento de los mismos sin la necesidad de tener que acercarse a la mesa de entrada de un Organismo.
Verifique sus datos personales cargados y haga clic en Continuar para confirmarlos.
Complete el Formulario de inscripción y cargue la documentación requerida seleccionando todos los grupos de documentos que correspondan al tipo de Entidad a registrar, según lo establecido en el Anexo II de la Resolución N°132/2018-SSSALUD.
Corrobore que la toda la documentación necesaria para solicitar la inscripción se encuentre correctamente cargada y finalice el trámite apretando el botón de Confirmar trámite.
Para ver el estado de su trámite, puede hacerlo desde la pestaña Mis Trámites de la plataforma Trámites A Distancia (TAD)
El trámite requiere la remisión de la documentación original de manera presencial o por correo postal a la dirección de la Superintendencia de Servicios de Salud, en Bartolomé Mitre 434 - Planta Baja - CABA - C1036AAH.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito