Presidencia de la Nación

Normativa sobre Sitios y Espacios de Memoria


Principios sobre Políticas Públicas de Memoria en las Américas - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Resolución N° 3/2019

En dicha normativa se establecen las siguientes definiciones:

Se entiende por memoria a las formas en que las personas y los pueblos construyen sentido y relacionan el pasado con el presente en el acto de recordar respecto de graves violaciones a los derechos humanos y/o de las acciones de las víctimas y sociedad civil en la defensa y promoción de los derechos humanos y valores democráticos en tales contextos;

Se entiende por políticas públicas de memoria a las distintas intervenciones, sustentadas en evidencia documental y testimonial, y forjadas con la participación de las víctimas y sociedad civil, que se encuentran abocadas al reconocimiento estatal de los hechos y de su responsabilidad por las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas, la reivindicación y conservación de la memoria y dignidad de las víctimas, la difusión y preservación de la memoria histórica y a la promoción de una cultura de derechos humanos y democracia orientada a la no repetición de los hechos;

Se entiende por iniciativas de memoria de carácter educativo, cultural o de otra naturaleza las intervenciones estatales y no estatales orientadas a promover los objetivos de las políticas públicas de memoria;

Se entiende por sitios de memoria a todos aquellos lugares donde se cometieron graves violaciones a los derechos humanos, o donde se padecieron o resistieron esas violaciones, o que por algún motivo las víctimas o las comunidades locales consideran que el lugar puede rendir memoria a esos acontecimientos, y que son utilizados para repensar, recuperar y transmitir sobre procesos traumáticos, y/o para homenajear y reparar a las víctimas;

Se entiende por archivos a aquellos fondos o colecciones documentales, en cualquier soporte, relativos a graves violaciones a los derechos humanos o de cualquier naturaleza que puedan coadyuvar en su investigación, así como los relativos a las acciones de la sociedad civil de defensa y promoción de los derechos humanos y valores democráticos en tales contextos. Los archivos públicos incluyen documentos vinculados a organismos gubernamentales nacionales y locales, incluidas sedes de policía y otras instituciones vinculadas a las fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, poder judicial, la oficina del fiscal y del defensor, comisiones de la verdad, comisiones de reparación, entre otras. Los archivos no estatales de valor público pueden incluir aquellos dependientes de: a) organismos no gubernamentales; b) instituciones académicas que participan en la protección de los derechos humanos; c) empresas e instituciones privadas; y d) grupos insurgentes, e) organizaciones intergubernamentales, entre otros.

Se entiende por víctima a toda persona o grupo de personas que hayan sufrido, individual o colectivamente, graves violaciones a sus derechos humanos. Se comprende también en esta noción, a las y los familiares inmediatos que como consecuencia han enfrentado sufrimiento y angustia como resultado de tales violaciones. Se reconoce, asimismo, la labor que es realizada por personas defensoras y defensores de derechos humanos, así como personas operadoras de justicia y quienes prestan asistencia a las víctimas y son víctimas de violaciones a sus derechos por participar en procesos relacionados con el acompañamiento y acceso a la justica de víctimas de graves violaciones.

Se entiende por comunidades locales a aquellas comunidades que por proximidad geográfica, vínculos sociales o afinidad sociocultural tienen una relación particularmente estrecha con las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas.

(El destacado es nuestro)

Preservación, Señalización y Difusión de Sitios de Memoria del Terrorismo de Estado

Ley 26.691 - Decreto 1986/2014.

La Ley 26.691 declara Sitios de Memoria a “los lugares que funcionaron como centros clandestinos de detención, tortura y exterminio o donde sucedieron hechos emblemáticos del accionar de la represión ilegal desarrollada durante el terrorismo de Estado ejercido en el país hasta el 10 de diciembre de 1983”.

La autoridad de aplicación es la Secretaría de Derechos Humanos a través de la Dirección Nacional de Sitios y Espacios de Memoria, dependiente de la Subsecretaría de Promoción de Derechos Humanos. Algunas de sus funciones son las siguientes:

  • Garantizar la preservación, señalización y difusión de los Sitios de Memoria.
  • Gestionar los Sitios que dependen directamente de la Secretaría de Derechos Humanos.
  • Asistir técnicamente a las áreas de Derechos Humanos provinciales y municipales.
  • Asistir y asesorar en proyectos de nuevos Espacios para la Memoria.

Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos

Ley 12.665 - Ley 27.103.

Ya fueron declarados como Lugar Histórico Nacional los siguientes Sitios de Memoria:

  • Iglesia de la Santa Cruz (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

  • Ex centro clandestino de detención ESMA, Escuela de Mecánica de la Armada (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

  • Ex centro clandestino de detención “Olimpo” (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención “Club Atlético” (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención “Virrey Cevallos” (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención “Automotores Orletti” (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado Parque de la Memoria (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
  • Casa Mariani Teruggi (La Plata, provincia de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención “El Chalet” Hospital Posadas (El Palomar, provincia de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención “Mansión Seré” (Castelar, provincia de Buenos Aires).
  • Plataforma conocida como “La Anguilera” en los ex Astilleros Argentinos del Río de la Plata S.A. ASTARSA (Tigre, provincia de Buenos Aires).
  • Casa de la Memoria y la Resistencia “Jorge ‘Nono’ Lizaso” (Vicente López, provincia de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención Escuela de Suboficiales de Marina “ESIM” (Mar del Plata, provincia de Buenos Aires).
  • Ex centro clandestino de detención D2, hoy Archivo Provincial de la Memoria de Córdoba (Córdoba Capital).
  • Ex centro clandestino de detención "La Perla", (Malagueño, provincia de Córdoba).
  • Ex centro clandestino de detención "Campo de la Ribera" (Córdoba Capital).
  • “Brigada de Investigaciones”, recuperado como la “Casa por la Memoria del Chaco” (Resistencia, provincia de Chaco).
  • Ex Comando del II Cuerpo del Ejército, hoy Museo de la Memoria de Rosario (Rosario, provincia de Santa Fe).
  • Viejo Aeropuerto de Trelew, hoy Centro Cultural por la Memoria (Trelew, provincia de Chubut).
  • Ex centro clandestino de detención “La Escuelita de Famaillá” (Famaillá, provincia de Tucumán).

Creación del programa Registro Unificado de Víctimas del Terrorismo de Estado (RUVTE)

Resolución 1261/2014

El programa Registro Unificado de Víctimas del Terrorismo de Estado (RUVTE), de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, tiene a su cargo el relevamiento y la sistematización permanente de la información sobre el accionar represivo ilegal del Estado argentino, con el objeto de construir y actualizar un registro unificado nacional de víctimas y de centros clandestinos de detención, orientado a consolidar un Sistema Federal de Datos.

Suspensión de obras en ex centros clandestinos de detención

Resolución 172/2006

La Resolución del Ministerio de Defensa 172/2006 suspende las obras de construcción o refacción en todo lugar en donde haya funcionado o hubiera existido un centro clandestino de detención en el ámbito de las Fuerzas Armadas, de acuerdo al listado de centros clandestinos de detención en el anexo V del informe confeccionado por el programa Registro Unificado de Víctimas del Terrorismo de Estado (RUVTE) en permanente actualización.

Creación de la Red Federal de Sitios de Memoria (REFESIM)

Resolución 14/2007

La Resolución de la Secretaría de Derechos Humanos 14/2007 reglamenta la creación y las funciones de la Red Federal de Sitios de Memoria (REFESIM) bajo la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Creación del Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex centro clandestino de detención, tortura y exterminio (CCDTyE) “La Escuelita de Famaillá”

Convenio 599/2013

Acuerdo entre el Estado nacional, a través del Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y la provincia de Tucumán para la creación de una Comisión Interjurisdiccional con el fin de construir el Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex centro clandestino de detención, tortura y exterminio (CCDTyE) “La Escuelita de Famaillá” para la recuperación, el resguardo y la transmisión de los hechos ocurridos durante el terrorismo de Estado.

Señalización de establecimientos pertenecientes a las Fuerzas Armadas

Resolución 1309/06

La Resolución 1309/06 del Ministerio de Defensa autoriza la colocación de placas identificatorias –previo reconocimiento de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación– en aquellas dependencias de propiedad de las Fuerzas Armadas en las cuales hubieran funcionado centros clandestinos de detención durante la última dictadura cívico-militar (1976-1983).

Señalización de establecimientos pertenecientes a las fuerzas policiales y de seguridad

Resolución 180/2011

La Resolución del Ministerio de Seguridad 180/2011 autoriza la colocación de placas recordatorias en establecimientos pertenecientes a las fuerzas policiales y de seguridad donde hubieran funcionado centros clandestinos de detención durante el terrorismo de Estado, mediante solicitud de la Secretaría de Derechos Humanos.

Creación del Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex centro clandestino de detención, tortura y exterminio (CCDTyE) Campo de Mayo

Decreto 846/2021

El Decreto 846/2021 del Ministerio de Defemsa asigna dos fracciones de la Guarnición Militar Campo de Mayo a la Secretaría de Derechos Humanos para la creación del Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex centro clandestino de detención, tortura y exterminio (CCDTyE) Campo de Mayo. Este decreto deroga su anterior (1056/2018) que indicaba la creación de una reserva ambiental en esta Guarnición.

Creación del Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex centro clandestino de detención, tortura y exterminio (CCDTyE) Regimiento de Infantería 9 Coronel Pagola

Resolución 302/2022

A través de la Resolución 302/2022 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado se desafectó de la jurisdicción del Ministerio de Defensa - Estado Mayor del Ejército el sector del predio del Regimiento de Infantería 9 identificado por su funcionamiento como centro clandestino y se asignó a la Secretaría de Derechos Humanos para su uso como Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos.

Principios fundamentales para las políticas públicas sobre Sitios de Memoria

Documento del Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH).

Este documento es una guía orientadora de las políticas públicas de los gobiernos del MERCOSUR en materia de Sitios de Memoria.

Resoluciones de la Secretaría de Derechos Humanos

Correspondientes a las señalizaciones realizadas.

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