Presidencia de la Nación

Tramitación de Ingreso Electrónica - Pasantes

Artículo 12° de la Disposición DNM N°2802/2023.

En linea

Extranjero que sea requerido para ingresar al Territorio Nacional a fin de realizar prácticas relacionadas con su estudio, formación y especialización en virtud de un convenio internacional, suscripto entre una entidad educativa extranjera, pública o privada, reconocida oficialmente y una entidad educativa nacional, pública o privada, reconocida oficialmente; una empresa con personería jurídica radicada en la República Argentina; o una Empresa Estatal u Organismo Público. Asimismo, quedarán incluidos convenios y/o programas internacionales de pasantías no comprendidos dentro de estos supuestos, que cuenten con el aval del país de origen de los solicitantes, a través de su representación diplomática en la República Argentina y la Dirección Nacional de Migraciones.

¿A quién está dirigido?

Puede ser solicitado por:
  • El lngresante
  • El Requierente: Entidad, organismo o persona jurídica inscripta en Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.).
  • El apoderado del Requirente: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público).

¿Qué necesito?

Del Requirente

  • Constancia de Inscripción en el Re.N.U.R.E., (original y copia).

Del Ingresante

  • Constancia de inscripción electrónica al curso pretendido suscripta por el responsable de la entidad educativa, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.

  • Pasaporte válido y vigente del ingresante (Imagen de la/s hoja/s con los datos personales y foto – Formato JPG).

  • Foto del ingresante (foto formal del rostro, con fondo blanco, debe ser tomada al momento de la carga del trámite, y no la imagen de otra foto – Formato JPG)

  • Convenio Internacional o carta de aceptación.

  • Cuando la permanencia en Argentina sea de más de 6 meses, presentar Certificado que acredite fehacientemente que no registra condenas anteriores ni procesos penales en trámite, emitido por las autoridades competentes de los países donde haya residido por un plazo superior a UN (1) año, durante el transcurso de los últimos TRES (3) años (Solo exigible a mayores de 16 años).

  • En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres y tutores legales y acreditar la designación de un representante legal en el territorio nacional.

Toda documentación expedida en el extranjero deberá contar con la legalización del Consulado Argentino, sito en el país emisor del documento, o Apostillada, si el país hubiera ratificado el Convenio de La Haya, y su correspondiente traducción al idioma español.

¿Cómo hago?

1

Iniciá tu trámite a distancia ingresando en Tramitación de Ingreso Electrónico- TIE 24H.

2

Debés adjuntar la documentación y datos requeridos según el tipo de ingreso que solicites.

3

Una vez resuelto el trámite, recibirás una notificación mediante correo electrónico con la constancia de la autorización de ingreso, la cual deberás exhibir al inspector al momento de someterte al control migratorio cuando ingreses a la República Argentina.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

1 años

Residencia transitoria por el plazo de permanencia autorizada de hasta UN (1) año.



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