Presidencia de la Nación

Solicitar una aprobación de modelo o aprobación de modelo con efecto limitado

Certificá tu instrumento de medición reglamentado.


Si fabricás o importás un instrumento de medición reglamentado, tenés que certificar que el prototipo cumple con las normas y procedimientos establecidos.

¿A quién está dirigido?

Fabricantes o importadores cuyos instrumentos se encuadren dentro de la Resolución 611/2019- Anexo III “Instrumentos de medición reglamentados”

¿Qué necesito?

Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.

Estar adherido al servicio de Trámites a Distancia (TAD) y tener condición de apoderado en el sistema.

¿Cómo hago?

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Iniciá el trámite mediante el uso de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) ante la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

  • Si el laboratorio de ensayos seleccionado por la firma solicitante es el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), una vez recibida la totalidad de la documentación descripta en el punto 2.1.1 del Anexo VII de la Resolución N° 276/2024 de la Secretaria de Industria y Comercio, el expediente electrónico generado será enviado a dicho Instituto para dar inicio al proceso de ensayos. El INTI deberá adjuntar los informes de ensayos emitidos y redirigir el expediente a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.

  • Si el solicitante optare por realizar los ensayos en un Laboratorio acreditado por el Organismo Argentino de Acreditación (OAA), deberá hacer la presentación en el organismo seleccionado y una vez obtenidos los correspondientes informes de los ensayos realizados, deberá presentarlos junto a el resto de la documentación requerida en el 2.1.1 del Anexo VII de la Resolución N° 276/2024 de la Secretaria de Industria y Comercio, en el plazo máximo de TREINTA (30) días de la emisión de los mismos.

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La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial o quien a futuro la reemplace, verificará la documentación presentada y efectuará un control de legalidad y pertinencia de la misma, posteriormente emitirá el documento correspondiente al Certificado de Aprobación de Modelo o Certificado de Aprobación de modelo con efecto limitado.

¿Cuál es el costo del trámite?

Arancelado por unidad y tipo de instrumento según Anexo I y Anexo II de la Resolución SIYC N° 38/2024

¿Cómo abonar el arancel?

Cada reglamento técnico establece un arancel distinto. Mirá el listado de costos en el Instructivo.
Para realizar el pago, ingresá a E-Recauda y seleccioná las siguientes opciones:
* Entidad receptora de fondos: Tesorería General de la Nación (código 999).
* Entidad ordenante: Secretaria de Industria y Desarrollo Productivo (código 362).
* Concepto de pago: Metrología Legal. (Compra de bienes y servicios)
- Documento de Instrucción:
- Tipo: Expediente.
- Número: EX-AÑO-NÚMERO- -APN-DIN#MEC.
- Año.
* Norma de respaldo:
- Tipo: Resolución.
- Número: 611.
- Año: 2019.
* Observaciones: Información adicional que el usuario considere.
Se deberá descargar el comprobante generado por la plataforma con los datos anteriormente indicados

Información complementaria

Si querés conocer la normativa específica, ingresá en:
Ley de Metrología 19511
Resolución 611/2019




Descargas

Anexo III de la Resolución N° 611/2019 y sus modificatorias (90.9 Kb)

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Anexo VII de la Resolución N° 611/2019 y sus modificatorias (281.6 Kb)

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Anexo I de la resolución N° 38/2024 (96.7 Kb)

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Instructivo de aprobación de modelo o aprobación de modelo con efecto limitado (446.1 Kb)

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Instructivo e-Recauda (1.3 Mb)

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