Es un pago mensual, de carácter vitalicio, para los familiares de trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19.
Incompatibilidades
Esta pensión es incompatible con cualquier otra prestación no contributiva de carácter nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿A quién está dirigido?
A cónyuges, convivientes e hijos de trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.
¿Qué necesito?
Trabajador esencial fallecido:
- Haber fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del COVID-19.
-
Haberse desempeñado tareas presenciales durante ese mismo período dentro de algunos de los siguientes rubros:
- Personal de los sistemas de salud pública y privada.
- Personal de las Fuerzas Armadas.
- Personal de las Fuerzas de Seguridad.
- Personal de la Actividad Migratoria.
- Personal de la Actividad Aduanera.
- Bomberos.
- Recolectores de residuos domiciliarios.
- Recolectores de residuos patogénicos.
Cónyuge del trabajador fallecido:
- Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
Conviviente del trabajador fallecido::
- Unión convivencial.
- O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
Hijos del trabajador fallecido:
- Hijos solteros hasta los 21 años de edad.
- Hijos solteros hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento recibían pago por alimentos (art. 663 del CC).
- Hijos solteros cuando sus capacidades se encontraran restringidas a la fecha de fallecimiento del causante sin límite de edad, mientras dure esa restricción.
- Hijos solteros, viudos y divorciados sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran:
- Con incapacidad para trabajar a la fecha del fallecimiento del causante.
- En un estado comprobado de necesidad ocasionado por la escasez o carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.
En todos los casos, se debe presentar:
- Certificado de defunción donde conste que la causa del fallecimiento fue por haber contraído COVID-19.
- Constancia del empleador manifestando que se encontraba desempeñando tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020.
¿Cómo hago?
Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisá que tus datos personales y vínculos familiares estén correctos.
Si tus vínculos están correctos, ingresá en Atención Virtual, opción Asistencia para inicio de Pensión COVID - Ley N° 27.549.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Información complementaria
Este beneficio fue concedido por Ley 27549.