Presidencia de la Nación

Solicitar la autorización de ingreso de muestras sin valor comercial

Información para el usuario sobre la documentación y requisitos en la presentación de trámites de solicitud de Autorización de ingreso de muestras sin valor comercial de origen importado, según lo establecido por la Disposición 10174/2017.

En linea Silencio administrativo

Muestras: aquellas que por su cantidad, peso, volumen u otras condiciones de presentación no resultan aptas para su comercialización.

¿Qué necesito?

Declaración jurada de la finalidad de la mercadería

Copia de factura

Conocimiento de embarque / carta de porte / guía aérea

Comprobante de pago del arancel vigente correspondiente, gestionado previamente a través del Sistema de Pago Electrónico de ANMAT

¿Cómo hago?

1

Enviá un correo a [email protected] solicitando los datos para realizar el pago del trámite “Libre circulación de muestras sin valor comercial” (cód. 4073).

2

Ingresar a la plataforma TAD

3

Completar el formulario y adjuntar la documentación requerida

Según la Disposición 10174/2017 ARTÍCULO 3º.- Los trámites de Autorización de importación de alimentos para comercializar, Alimentos destinados exclusivamente para Uso Industrial del Establecimiento Importador (UPEI) y Muestras Sin Valor Comercial se regirán por el siguiente procedimiento: a los fines de iniciar el trámite deberá completarse el Formulario en carácter de Declaración Jurada y agregarse la información y documentación requerida.

¿Cuál es el costo del trámite?

Consultá el costo en el listado de aranceles vigentes (código del arancel: 4073)

Silencio administrativo

Este trámite se encuentra alcanzado por las consideraciones establecidas en el inciso b del Art. 10 de la Ley N° 19.549, respecto del silencio con sentido positivo. El plazo estipulado para su configuración es de 1 día hábil después de haber acreditado el cumplimiento de las condiciones previstas para el otorgamiento de la autorización administrativa.



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