Si sos fabricante de bienes de capital, y te encontrás inscripto en el Registro, podés solicitar el bono anual de crédito fiscal, el cual se calculará de acuerdo a los siguientes conceptos:
- Impuesto a las ganancias.
- Inversiones efectuadas en Investigación y desarrollo.
- Reintegros de exportación.
- Certificaciones de calidad.
La empresa podrá optar por solicitar el beneficio de todos o solo alguno de los conceptos.
Si tu empresa aún no está inscripta en el Registro de beneficiarios y productos del Régimen de incentivo para fabricantes de bienes de capital, podés hacerlo de forma virtual. Recordá que, una vez inscripta, las empresas PyMEs percibirán un beneficio mensual de reducción de un 90% de las contribuciones patronales sobre el total de la nómina, mientras que el resto tendrá un beneficio mensual de reducción de un 70% de las contribuciones patronales sobre los empleados afectados a la fabricación de los bienes de capital.
Podés solicitar el bono entre el 1° de abril y el 31 de julio de cada año, siempre que te encuentres inscripto en el Registro al 31 de diciembre del año anterior.
¿A quién está dirigido?
Personas jurídicas fabricantes de bienes de capital radicadas en territorio nacional e inscriptas en el Registro de Beneficiarios y productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de bienes de capital.
¿Qué necesito?
Tener CUIT y clave fiscal (nivel 3 o superior).
¿Cómo hago?
Descargá las plantillas modelos que están en el área de descargas de esta página, y completá la información requerida.
Mirá el tutorial para cargar la planilla de Nómina de Empleados
Mirá el tutorial para cargar la planilla de comprobantes
Entrá al validador de datos y cargá los archivos.
Si la información que cargaste es correcta, el sistema te devolverá un código validador.
Ingresá en TAD con tu CUIT y Clave fiscal.
Completá el formulario y adjunta las planillas y documentación solicitada, se generará el expediente de Solicitud de Bono. Podes consultar el Tutorial para la carga de la documentación.
Una vez que finalice la evaluación y se firme el acto administrativo correspondiente recibirás una notificación mediante TAD. Así como también se notificará a la AFIP para el pago del bono.
Contacto
Si tenés dudas o consultas sobre el trámite, completá este formulario o llamá al 0800-333-7963.