OBJETO DEL TRAMITE: Trámite destinado a resolver el planteo del trabajador damnificado en relación a una disconformidad o divergencia respecto del tratamiento médico, reingreso, alta médica, incapacidad o rechazo con su Empleador No Asegurado (ENA).
Aclaracion: En las jurisdicciones adheridas a la ley 27.348 los tramites de rechazo de la contingencia y de divergencia en la incapacidad tramitan bajo el trámite “Rechazo de la contingencia sin ART” y bajo el trámite “Divergencia en la determinación de la incapacidad sin ART” respectivamente.
¿A quién está dirigido?
A las personas que hayan realizado la denuncia de su accidente laboral y/o enfermedad profesional y tengan una divergencia con su Empleador No Asegurado (ENA).
¿Qué necesito?
Acreditar identidad (DNI Tarjeta)
Denuncia de la contingencia ante el empleador
Certificación de haberes extendida por el empleador o recibos de sueldo correspondientes a los últimos DOCE (12) períodos liquidados y DOS (2) liquidaciones correspondientes a SAC, previamente a la fecha del accidente/enfermedad profesional.
Estudios médicos efectuados relacionados con la patología diagnosticada. (En caso de querer aportar documentación para el trámite a realizar).
Constancia de alta médica y/o fin de tratamiento. (En caso de presentar una divergencia con el alta, divergencia en la incapacidad laboral o reingreso a tratamiento).
Carta de rechazo por parte del empleador (En caso de presentar una divergencia con el rechazo).
Petición fundada. (En caso de presentar un Rechazo de enfermedad no listada).
Denegación fundada de reingreso a tratamiento. (En caso de presentar un reingreso a tratamiento).
Formulario de Opción de Domicilio Resolución SRT N°11/2018
¿Cómo hago?
Reuní la documentación
Iniciá tu expediente en la Comisión Médica que corresponda al domicilio que figura en tu DNI o la que corresponda al domicilio de tu empleador en el que se presta el servicio efectivamente .
Podés consultar que Comisión Medica te corresponde según la opción que elijas
Si estás en desacuerdo con lo resuelto con CMJ, podés apelar completando el Formulario de Apelación dentro de los 5 días hábiles desde que lo recibiste.
En caso de que estés en desacuerdo con la resolución de CMC debes presentar la apelación ante los tribunales de alzada con competencia en lo laboral, excepto en CABA.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
Conocé qué debes hacer ante una Ausencia a citaciones de Comisiones Médicas
Te explicamos cuál son los pasos a seguir en las Audiencias de Comisión Médica
Estos son los Procedimientos ante resoluciones de la SRT
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito