A partir del 18 de abril y hasta el 18 de mayo se encontrará abierta la inscripción al Programa de Fortalecimiento de establecimientos comerciales que empleen personas con discapacidad.
La presentación únicamente se podrá realizar a través del sistema TAD “Trámite a Distancia”
El presente programa brindará apoyo económico para el pago de cargas sociales a establecimientos que se encuentren en actividad y para la compra de insumos para producir bienes directamente vinculados con el servicio comercial.
Para la creación de nuevos establecimientos comerciales, se financiará la compra de equipamiento e insumos para producir bienes directamente vinculados con el servicio comercial
Se entiende por establecimientos comerciales a emprendimientos de servicios administrados por sociedades comerciales regularmente constituidas conforme la Ley N°19.550 u organizaciones no gubernamentales, cuya nómina total del personal comprenda un porcentaje de al menos el 70% de personas con discapacidad.
¿A quién está dirigido?
✔ Empresas del sector privado, específicamente sociedades comerciales contempladas en el marco de la Ley N°19.550, y Organizaciones no gubernamentales que acrediten el desarrollo de actividades comerciales en su objeto social, que empleen formalmente a
personas con discapacidad y justifiquen el financiamiento solicitado.
✔ Emprendimientos comerciales que se encuentran en actividad, deberán garantizar el funcionamiento del establecimiento y mantener (como mínimo) el mismo porcentaje de personas con discapacidad empleadas que tenían al momento de presentar el proyecto y durante un período mínimo de 18 meses.
✔ Emprendimientos nuevos, a los cuáles se les financiará la adquisición de equipamiento e insumos para producir bienes directamente vinculados con el servicio comercial, deberán comprometerse a emplear personas con discapacidad y el mismo porcentaje que tenían al momento de presentar el proyecto, durante un periodo mínimo de 12 meses.
¿Qué necesito?
Nota de solicitud y proyecto
Copia de la Resolución que otorga la personería jurídica a la Entidad o toda documentación legal que demuestra la constitución de la misma.
Copia de los Estatutos Sociales, Acta constitutiva, Contrato Social, o documentación legal que dé cuenta de los fines de la entidad
Último Balance exigible firmado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y/o autoridad competente provincial.
Copia del acta de Asamblea y/o Directorio y/o Consejo de administración y/o Acta del Órgano de Administración donde conste la designación de las autoridades actuales vigentes.
Copia del Acta de Comisión Directiva y/o Directorio y/o Acta del Órgano de Administración donde se autoriza al presidente y/o Director y/o Socio Gerente y/o representante legal a gestionar el presente subsidio.
Nóminas de la totalidad de empleados con el detalle del importe del sueldo y cargas sociales de cada empleado. (Formulario 885/A Alta Temprana, recibos de sueldo y formulario 931 ARCA). Deberá adjuntarse copia de Certificado de Discapacidad de cada una de las personas empleadas.
Declaración jurada firmada por el contador y por la máxima autoridad de la entidad, certificada por el consejo de Ciencias Económicas de la jurisdicción donde se exprese que no tiene deuda previsional pendiente de pago y/o plan de facilidad de pago vigente a favor del SIPA.
Acreditación de Documento Nacional de Identidad de la autoridad que solicita el financiamiento.
Constancia de Inscripción ante ARCA (CUIT).
Constancia bancaria de CBU.
Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos.
Formulario de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
Tres presupuestos comparativos de cada uno de los elementos solicitados en los que consten los datos fiscales de los comercios o empresas.
Cuadro comparativo de presupuestos.
Importante
• El subsidio que eventualmente se otorgue no es reembolsable, pero sí, debe realizarse la rendición de cuentas del mismo, en tiempo y forma, según los términos del convenio correspondiente.
• El monto del subsidio otorgado deberá ser utilizado estrictamente en función de lo presupuestado oportunamente en el proyecto aprobado. Los fondos deberán destinarse a cargas sociales, adquisición de equipamiento e insumos.
• En ningún caso, se admitirá la compra de elementos usados.
¿Cómo hago?
Ingresá a Trámites a Distancia y validá tu identidad con alguna de las opciones disponibles (Clave Fiscal, DNI, Clave de Seguridad Social).
Adjuntá la documentación solicitada y seleccioná el botón confirmar trámite.
Guardá el número de trámite que te otorgará la plataforma. Con este número podrás consultar en la plataforma el estado en que se encuentra el trámite.
Información complementaria
Para más información podés consultar la Resolución 819/2025.
Descargas
- Anexo I - Rendición de cuentas (348.7 Kb) Descargar archivo
- Anexo II - Rendición de cuentas (367.3 Kb) Descargar archivo
- Anexo III - Rendición de cuentas (390.8 Kb) Descargar archivo
- Formulario Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria (28.2 Kb) Descargar archivo
- Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos -Solicitud Alta de Entes- (93.0 Kb) Descargar archivo
- Programa de Fortalecimiento de Establecimientos Comerciales que empleen personas con discapacidad 2025 (423.1 Kb) Descargar archivo