La Coordinación General de Biotecnología del Senasa, efectúa la evaluación de aptitud alimentaria de alimentos derivados de OGM, en función de lo dispuesto en la Resolución Senasa N° 412/2002. Este trámite es uno de los requisitos necesarios que el desarrollador debe cumplimentar para comercializar un nuevo OGM en la República Argentina, no implica su autorización comercial (Resolución MAGyP Nº 763/2011).
¿A quién está dirigido?
Desarrolladores de productos biotecnológicos que puedan entrar en la cadena alimentaria humana y animal.
¿Qué necesito?
Pago de aranceles.
Completar requerimientos de la Resolución 412/2002 del SENASA, según lo que corresponda a cada caso:
• Descripción y caracterización del evento.
• Caracterización molecular.
• Evaluación composicional y nutricional.
• Evaluación de alergenicidad y toxicidad potencial.
• Aptitud alimentaria del evento.
¿Cómo hago?
Ingresá por la Plataforma Trámites a Distancia - TAD -
Aboná el arancel que corresponda, ver medios de pago habilitados - Senasa
Dirección de Estrategia y Análisis de Riesgo
Coordinación General de Biotecnología
Azopardo N° 1020 Piso 2°, C1102ADR, CABA.
Teléfonos: (54 + 11) 5222-5987 / 5986 / 5994 / 5985 / 5993
Correo electrónico: [email protected]
Podés comunicarte al WhatsApp federal del Senasa
Normativa:
Resolución MAGyP N° 763/2011
Resolución SENASA N° 412/2002
¿Cuál es el costo del trámite?
Aboná el arancel que corresponda, ver los Medios de pago habilitados – Senasa.
Consultá las Normativas relacionadas con los costos del trámite y las excepciones, si tu actividad está encuadrada a la Agricultura Familiar.
Información complementaria
Si tenés un trámite iniciado lo podés consultar de forma rápida y simple.
Estado de tu Expediente
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Encuesta de Satisfacción Senasa.