Presidencia de la Nación

Presentación de Oficios Judiciales Art 400 CPCC, Ley Nro 22.400, etc.

¿A quién está dirigido?

Abogados, Juzgados, Fiscalías.

¿Qué necesito?

Usuario y clave en la plataforma MI ARGENTINA o Clave Fiscal.

Oficio en formato pdf con firma digital externa o con firma ológrafa.

El oficio librado en los términos del Art. 400 CPCCN o norma procesal de similar alcance (atribuciones de los letrados - pedidos de informes) debe contener:

Datos del juzgado oficiante: dirección, correo electrónico y teléfono del Juzgado.

Datos del autorizado: CUIT/CUIL, apellido y nombre, correo electrónico y número de teléfono del profesional solicitante.

Información concreta que se solicita a la repartición y documental, si correspondiere, con transcripción del auto judicial que ordena el libramiento del oficio a la AGENCIA I+D+i.

Identificación del tipo de oficio que se presenta (Informes / Ampliatorio / Reiteratorio / Aclaratorio). En estos casos, se deberán señalar datos y actuación del oficio originario.

Transcripción de la prevención del Art. 398 CPCCN o norma procesal de similar alcance que establece el plazo para la contestación de pedidos de informes y las consecuencias de su incumplimiento.

Adicionalmente, en el supuesto del oficio diligenciado en los términos de la Ley 22.172, deberá contener los recaudos estipulados en dicha norma.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a la página de TAD, trámite “OFICIOS JUDICIALES SSN”

2

Completá el formulario de acuerdo al tipo de documentación a presentar: OFICIO CON FIRMA DIGITAL EXTERNA u OFICIO JUDICIAL CONFIRMA OLÓGRAFA (manuscrita)

3

Confirma el trámite

4

Se otorgará un NÚMERO de trámite para hacer el seguimiento del mismo desde la plataforma

5

Una vez iniciado el trámite, recibirá respuesta oportuna.

¿Cuál es el costo?

Gratuito


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