Presidencia de la Nación

Obtener un Permiso de Ingreso Transitorio para Miembros de un Programa de Intercambio Estudiantil

Artículo 24°-, inciso "h" de la ley 25.871 y Artículo 11° de la Disposición DNM N°2802/2023.


Aquel extranjero que sea requerido en virtud de un convenio o acuerdo internacional de intercambio estudiantil, celebrado entre la institución educativa de nivel secundario, terciario, universitario o de postgrado a la cual asiste en el exterior y una institución educativa de nivel secundario, terciario, universitario o de postgrado oficialmente reconocida en la República Argentina, a fin de cursar en forma parcial estudios alcanzados por el sistema de educación oficial.

¿A quién está dirigido?

Puede ser solicitado por:

El REQUIRENTE: Entidad organizadora del Programa de Intercambio debidamente inscripta en el Registro Nacional Único de Requirentes (Re.N.U.R.E.).

El APODERADO DEL REQUIRENTE: Con poder/designación con facultades suficientes (ante escribano público o funcionario de la DNM).

¿Qué necesito?

DEL REQUIRENTE:

  • Constancia de Inscripción en el .Re.N.U.R.E. (original y copia).

DEL APODERADO:

  • Poder otorgado por el Requirente, con facultades suficientes para actuar ante este DNM. (original y copia).
  • DNI vigente del apoderado (original y copia).

DEL INGRESANTE:

  • Constancia de inscripción electrónica al programa de intercambio estudiantil suscrita por el responsable de la entidad organizadora, que se encuentre registrado ante el Re.N.U.R.E. para tales fines.
  • Copia completa y actualizada del pasaporte válido y vigente del ingresante.
  • Convenio Internacional o Carta de Aceptación.
  • En el caso de estudiantes menores, deberán presentar autorización de sus padres o tutor legal y acreditar la designación de un representante legal en el Territorio Nacional.

Podrán requerirse mayores elementos probatorios de los extremos alegados por los interesados.

Toda documentación emitida en el exterior deberá contar con sus respectivas legalizaciones y su correspondiente traducción realizada por traducción público nacional (de corresponder).

¿Cómo hago?

1

Para trámites en Sede Central, solicitá turno escribiendo a [email protected].

Debés presentar la Nota de Solicitud y la totalidad de la documentación requerida ante el Departamento de Tramitación de Ingresos de la Sede Central de la Dirección Nacional de Migraciones, o ante la delegación DNM que corresponda según el domicilio del requirente.

2

Durante el período de supervisión de la solicitud presentada, podrás seguir el estado de tu trámite

3

Una vez resuelto el trámite, debés presentarte en donde hayas iniciado la solicitud a los fines de notificarte del otorgamiento del mismo, y poder informarle al extranjero que puede presentarse ante el Consulado Argentino que le corresponda con el fin de obtener su visa.

¿Cuál es el costo del trámite?

Vigencia

1 años

Residencia transitoria por un plazo de hasta UN (1) año.



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