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La inscripción es definitiva.
¿A quién está dirigido?
Aquellos establecimientos que son productores de alcoholes de origen agrícola, alcoholes vínicos y fabricantes de productos químicos que obtienen como subproductos alcohol etílico (destilerías acetobutílicas).
Este trámite puede realizarlo toda persona física o jurídica que esté inscripto ante el INV.
¿Qué necesito?
Formulario de Inscripción.
Formulario de Capacidad real de recipientes.
Formulario de designación de persona técnica.
Título habilitante de persona técnica.
Certificado de habilitación municipal.
Planos.
¿Cómo hago?
Presentar nota de solicitud de inscripción dirigida a la Jefatura de la Delegación del INV cuya jurisdicción pertenezca a su domicilio.
Ingresar a la plataforma TAD
Adjuntá la documentación solicitada.
Recibirás la confirmación de recepción en tu correo electrónico.
El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.
¿Cuál es el costo del trámite?
Aboná el arancel que corresponda consultando la RESOL-2021-28-APN-MAGYP
Vigencia
La inscripción es definitiva.