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La inscripción es definitiva.
¿A quién está dirigido?
Aquellos establecimientos que fraccionen distintos tipos de bebidas en latas y desean ocupar sus instalaciones para envasar productos vitivinícolas.
¿Qué necesito?
Plano o croquis del establecimiento por duplicado, demarcando en color verde el lugar destinado al depósito de vino a granel, línea de fraccionamiento y producto terminado y en color rojo el perímetro sujeto a inspección, el cual comprenderá a todos los ámbitos del establecimiento.
Asimismo se dejará asentada en esta documentación la leyenda que se autoriza al INV a inspeccionar el establecimiento a cualquier hora según lo establecido en el Artículo 30 de la Ley General de Vinos Nº 14.878. Copia del plano o croquis debidamente autorizado debe permanecer en el establecimiento juntamente con el Certificado de Inscripción que otorgue este Organismo.
Habilitación Municipal.
CUIT
Acta de Constitución de Sociedad o Escritura Autenticada debidamente inscripta o Copia del DNI de la persona titular.
Acreditación de titularidad o derecho de uso del establecimiento.
Inscripción de técnico responsable.
Formulario 1829. DDJJ de Equipamiento e Infraestructura de Establecimientos Inscriptos.
Formulario 1291- Capacidad Real de Vasijas y Planillas de Vasijas irregulares.
Certificaciones correspondientes de las latas a utilizar en el fraccionamiento de los productos vitivinícolas, emitidas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en donde conste que las latas son aptas para vinos.
Por tratarse de una Planta de Fraccionamiento de características especiales, el INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario.
¿Cómo hago?
Seleccionar contacto en la Delegación del INV que corresponda por domicilio.
Enviar por correo electrónico la documentación solicitada para planta de fraccionamiento para envases de lata.
El INV podrá solicitar otra documentación o antecedente en caso de considerarlo necesario, mediante decisión fundada.
Este tipo de Planta de Fraccionamiento podrá recibir productos remitidos por bodegas y fábricas inscriptas ante el INV, a través del régimen de traslados amparados por certificados de tránsito con análisis de Libre Circulación o Aptitud Exportación, y se limitará a su fraccionamiento en las mismas condiciones que son recibidos, pudiendo someter a los mismos a prácticas de filtración y agregado de Anhídrido Sulfuroso y eventualmente el agregado de Dimetil Dicarbonato (DMDC).
¿Cuál es el costo?
Gratuito
Información complementaria
Descargas
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