El trámite consiste en darse de alta en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), de acuerdo a lo establecido por la Resolución MAGYP Nº 21/17 y sus modificatorias y complementarias.
¿A quién está dirigido?
A toda persona física o jurídica que procese granos extrayendo la materia grasa por extrusado y/o prensado exclusivamente, proceso por el cual se obtiene aceite y subproductos, en instalaciones propias y/o de terceros que explote de manera exclusiva. La planta deberá tener una capacidad mínima de trescientas toneladas (300 t).
El operador comprendido en esta categoría está autorizado a: confeccionar, emitir y recibir Cartas de Porte; emitir Certificado Electrónico de Depósito, como así también, Certificado Electrónico de Depósito en planta de terceros indicando el número de planta en RUCA de la misma; Certificado Electrónico de Transferencia de granos, Liquidación Primaria de Granos (Compraventa) y/o Liquidación Secundaria de Granos, según corresponda.
¿Qué necesito?
Persona Humana:
- Acreditar Personería (DNI)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
Persona Jurídica:
- Acreditar Personería (Contrato Societario)
- Acta de designación de autoridades
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
Sociedad de hecho:
- Acreditar Personería (Contrato Societario, DNI)
- Responsabilidad sobre el establecimiento (Contrato de Locación, Certificado de Dominio)
¿Cómo hago?
Ingresá a AFIP con CUIT y clave fiscal (nivel 3). Deberás habilitar el sistema Autogestión de MAGyP a través de Administrador de relaciones de clave fiscal/ Adherir servicio/ Ministerio de Agroindustria/ Servicios interactivos/ Autogestión de MAGyP.
Posteriormente habilitá el servicio RUCA a través de Autogestión de MAGyP/, seleccioná una empresa para operar/ Agregar servicio/ RUCA.
Ya dentro del sistema, creás una solicitud de inscripción, elegís la actividad y guardás. Te dirigirá a la carga de requisitos correspondientes por actividad (detallados anteriormente). Estos documentos pueden ser en formato pdf o jpg.
Una vez cargados y enviados, deberás generar el arancel correspondiente (boleta de pago o volante electrónico).
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
El trámite lleva: 15 días hábiles
El tiempo estimado es de 10 a 15 días hábiles.
¿Cuál es el costo del trámite?
$9100.00
Vigencia
1 años
Las inscripciones no tienen vencimiento, mientras se mantengan las condiciones y requisitos establecidos para su otorgamiento y vigencia por parte del operador y, en su caso, el establecimiento o local en el cual se desarrollan las actividades y mientras los operadores cumplan con todas y cada una de las obligaciones impuestas por la normativa vigente y las que en el futuro pudieren imponerse de manera general o particular.
El operador deberá proceder al pago del arancel correspondiente a su actividad dentro de los treinta (30) días corridos previos al término que figura en el certificado de inscripción oportunamente entregado.