VIGENCIA DEL NUEVO MARCO NORMATIVO DE IGJ
Estamos actualizando los contenidos del sitio, en el marco de la implementación de la RG IGJ 15/2024. Te recordamos que esta resolución reemplaza a la RG IGJ 7/2015. Accedé al texto completo de la norma
Los requisitos del trámite son aplicables a sociedades comerciales con sede social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Qué necesito?
Sede social incluida dentro del articulado del estatuto o contrato social
A) Formulario de "Reforma de estatuto...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Cuando completes los datos, en el ítem de las observaciones, especificá el tipo de reforma (cambio de sede social). Luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 emitido por abogado o escribano público (según la reforma se instrumente en documento privado o escritura pública). Desde la opción Descargas de esta sección accedé al detalle de lo que deberá contener el dictamen. Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm).
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 el cual debe contener:
1. El acta de directorio o reunión de gerentes en la que se decide el cambio de sede en los casos que la misma no implique reforma de estatutos.
2. El acta de Asambleas o reunión de socios en el caso del cambio de sede social con reforma de estatutos.
3. El Registro de asistencia a asamblea cuando corresponda.
4. La documental a inscribir debe cumplir siempre con alguno de los supuestos del artículo 37 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ Nº 7/15.
Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con los recaudos descriptos en los trámites de "Reforma de estatutos y de contratos" sobre asambleas especiales. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Constancia de las siguientes publicaciones (en cada caso, deberás acompañar la impresión de la publicación obtenida del sitio de internet correspondiente, firmada por el interesado, representante legal, persona debidamente autorizada, o por el profesional dictaminante):
(i) Aviso de Convocatoria a Asamblea: en el caso de sociedades anónimas, sociedades en comandita por acciones y en todos aquellos casos en que el estatuto o contrato social así lo disponga, deberás acompañar un ejemplar de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial y, si correspondiere, en un diario de mayor circulación general (art. 237 de la Ley Nº 19.550). No se exige este requisito si la asamblea ha sido unánime (presencia del cien por ciento (100%) del capital social y todas las resoluciones adoptadas por unanimidad). Asimismo, en caso de ser aplicable, deberás cumplir con los recaudos descriptos en los trámites de "Reforma de estatutos y contratos" sobre la publicación de convocatoria a asambleas especiales; y
(ii) Aviso Art. 10 de la Ley Nº 19.550: en el caso de sociedades por acciones o de responsabilidad limitada, deberás acompañar un ejemplar de la publicación prevista por el art. 10 de la Ley Nº 19.550 en el Boletín Oficial;
E) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectiva, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.
Sede social no incluida dentro del articulado del estatuto o contrato social
A) Formulario de "Cambio de sede social sin reforma de estatuto...". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Luego imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.
B) Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 emitido por abogado, escribano público o graduado en ciencias económicas. Desde la opción Descargas de esta sección accedé al detalle de lo que deberá contener el dictamen. Deberás presentar copia protocolar (fotocopia de margen ancho de 8 cm).
C) Primer testimonio de escritura pública o instrumento privado original conforme al art. 37, incs. 1 y 2, según corresponda, del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 el cual debe contener:
1. El acta de directorio o reunión de gerentes en la que se decide el cambio de sede en los casos que la misma no implique reforma de estatutos.
La documental a inscribir debe cumplir siempre con alguno de los supuestos del artículo 37 de la Resolución General IGJ Nº 7/15. Deberás presentar copia simple y protocolar de la documentación indicada en este apartado.
D) Constancia de la publicación en el Boletín Oficial del aviso previsto por el art. 10 de la Ley Nº 19.550 en el caso de sociedades por acciones o de responsabilidad limitada. Deberás acompañar la impresión de la publicación obtenida del sitio de internet correspondiente, firmada por el interesado, representante legal, persona debidamente autorizada, o por el profesional dictaminante.
E) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios, en el caso de sociedades de personas (sociedades colectivas, en comandita simple y de capital e industria) o de responsabilidad limitada.
¿Cómo hago?
Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, previa solicitud de turno.
Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
- La atención se realiza con turno previo.
- Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
- La consulta de vistas deberás hacerla en la sede central de IGJ.
¿Cuál es el costo del trámite?
Sede social incluida dentro del articulado del estatuto o contrato social
Sociedades no accionarias
Trámite común: 20 módulos
Trámite urgente: 80 módulos
Sociedades por acciones
Trámite común: 28 módulos
Trámite urgente: 112 módulos
Sociedades comprendidas art.299 LSC
Trámite común: 36 módulos
Trámite urgente: 144 módulos
Sede social no incluida dentro del articulado del estatuto o contrato social
Sociedades no accionarias
Trámite común: 12 módulos
Trámite urgente: 48 módulos
Sociedades por acciones
Trámite común: 12 módulos
Trámite urgente: 48 módulos
Sociedades comprendidas art.299 LSC
Trámite común: 14 módulos
Trámite urgente: 56 módulos
Sociedades de capitalización y ahorro previo
Trámite común: 16 módulos
Trámite urgente: 64 módulos