Presidencia de la Nación

Realizar la inscripción en el Registro Nacional Único de Requirentes de una persona jurídica que pretenda el ingreso o la permanencia de un extranjero al amparo de los artículos. 23 incs. a), e), f) i) y j) y 24 incs. e), f) y h) de la ley 25.871.

¿A quién está dirigido?

Apoderado de la persona Jurídica interesada

¿Qué necesito?

Nota solicitando la inscripción y detallando lo siguiente:
- Razón social
- N° CUIT
- Número inscripción ante Personas Jurídica
- Domicilio legal de la persona jurídica
- Domicilio constituido de la Persona Jurídica (debe ser en la misma jurisdicción que el legal)
- Domicilio electrónico constituido de la persona jurídica
- Actividad que desarrolla y motiva el pedido de inscripción (detallar el código de actividad en AFIP)
- Domicilio donde prestará servicios el extranjero
- Datos de contacto (teléfono / correo electrónico)

Firmar el formulario de Declaración jurada

IMPORTANTE: Las firmas y facultades del firmante, tanto de la nota como del formulario, deberán estar certificadas por escribano

¿Cómo hago?

Deberá remitir la documentación a la casilla de correo del sector: requirentes@migraciones.gob.ar

Una vez obtenida la Inscripción, el Renure no tiene vencimiento

¿Cuál es el costo?

Gratuito

Vigencia



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