Presidencia de la Nación

Designar un apoderado para titulares de jubilaciones y/o pensiones

Podés tener un apoderado (familiar, abogado, gestor, tutor, cónsul o representante diplomático) que realice tus trámites ante ANSES y cobre tus haberes (en este último caso, también podés designar un banco).

Gratuito Con turno Presencial adultos mayores beneficios sociales

Podés designar como apoderado para trámites a:
  • Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
  • Tutores o curadores.
  • Abogados y gestores registrados en ANSES.
  • Representantes diplomáticos o consulares.
Podés designar como apoderado para el cobro a:
  • Familiares: cónyuge, conviviente previsional, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados.
  • Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior. El banco debe contar con la opción “giro al exterior”. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA.
  • Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados para cobrar por personas internadas en la institución.
  • Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

¿A quién está dirigido?

A personas titulares de jubilaciones y pensiones que no están en condiciones de realizar sus trámites ante ANSES o percibir sus haberes, por dificultades para deambular o por residir fuera del país y a sus apoderados.

Tené en cuenta

Que para nombrar a una persona o entidad como apoderado o representante, tiene que ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipado.

¿Qué necesito?

DNI del titular y de la persona elegida como apoderado (original y copia).

Para cónyuges

Acta/certificado de matrimonio en original y copia.

Para conviviente previsional

Tener acreditada la relación como conviviente previsional

Para familiares

Documentación que demuestre el parentesco (partidas de nacimiento, DNI).

Para bancos

Formulario PS 6.4 - Carta Poder, firmado y sellado por la autoridad bancaria.

Para tutor/medida de abrigo

Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como representante legal.

Para curador/apoyo

Sentencia judicial original y copia donde surja su nombramiento como curador y en la que se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.

Para abogados

Credencial vigente.

¿Cómo hago?

1

Reuní la documentación que corresponde de acuerdo a tu situación y al tipo de poder que quieras solicitar.

2

Sacá un turno en una oficina de ANSES y acercate el día del turno con la documentación.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito



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