Presidencia de la Nación

Esta consulta contempla la posibilidad de que cualquier persona interesada pueda verificar, a través del servicio de internet, la validez y vigencia de los certificados de exención en el Impuesto a las Ganancias emitidos en el marco del régimen previsto por la Resolución General 2681.

Se suspende hasta el 30 de junio de 2025, inclusive, la percepción del impuesto mediante la aplicación de la alícuota del 6 % u 11 %, según corresponda.

La percepción del impuesto a las ganancias que se practique en virtud de la suspensión establecida, tendrá para los sujetos pasibles el carácter de impuesto ingresado y en tal concepto podrá ser computado en la declaración jurada del período fiscal correspondiente.

¿A quién está dirigido?

¿Qué necesito?

Dispositivo con acceso a Internet.

Clave Única de Identificación Tributaria - CUIT.

¿Cómo hago?

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¿Cuál es el costo?

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