La empresa titular de un alimento que retire del mercado alguno de sus productos debe comunicarlo a la ANMAT.
¿A quién está dirigido?
A empresas titulares de registros de productos que se retiran del mercado.
¿Qué necesito?
Denominación de venta del producto, nombre de fantasía y marca.
Números de registro de establecimiento titular/importador, de establecimiento elaborador/fraccionador y de producto alimenticio (RNE / RPE / SENASA / MUNICIPAL).
Lotes involucrados y codificación.
Fechas de elaboración y de vencimiento.
Contenido neto.
Tipo, material y presentación del envase.
Copia del rótulo comercializado en formatos gif, jpg, jpeg, png, pdf, doc o docx (hasta 2 mb).
Motivo del retiro o legislación que incumple y fecha de detección del incidente.
Discriminados por lote:
- cantidad de producto elaborado, fraccionado o importado;
- cantidad de producto afectado;
- cantidad de producto afectado y distribuido, comercializado, exportado o donado.
Merma de producto (cantidad).
Provincias y localidades donde fue distribuido y datos de los clientes.
Documento con cantidad de cada lote distribuido por cliente en formato gif, jpg, jpeg, png, pdf, doc, docx, ppt, pptx, xls, xlsx, rar o zip (hasta 2 mb).
Clasificación propuesta del retiro.
¿Cómo hago?
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
La comunicación no tiene vencimiento.