Presidencia de la Nación

Certificar la seguridad de productos de acero

Garantizá la seguridad y calidad de los productos de acero utilizados en las estructuras de hormigón y en las estructuras metálicas de la construcción

Gratuito

Si fabricás o importás productos de acero utilizados en las estructuras de hormigón y en las estructuras metálicas de la construcción, previo a la comercialización o transferencia a título gratuito, deberás cumplir con la certificación establecida en la Resolución S.I.C.M. N°404/1999 y sus complementarias, o con el procedimiento de evaluación de la conformidad, para productos de acero, establecido por la Resolución S.I.C. N° 236/2024 (ver plazos de implementación).

Durante el periodo de coexistencia de los Reglamentos listados en el Anexo V de la Resolución S.I.C. N° 236/2024, se considerará que los fabricantes nacionales e importadores de los productos alcanzados por dicha medida, garantizan el cumplimiento conforme a derecho, si acreditan las exigencias instituidas por alguno de los DOS (2) Regímenes.

El control de cumplimiento podrá ser realizado conforme los mecanismos de vigilancia de mercado previstos en el apartado 5 del Anexo de la Resolución N° 237/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.

¿Qué necesito?

Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP

Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, tenés que hacer la delegación de servicios vía AFIP.

¿Cómo hago?

1

Si tu producto es importado:

2

Si ya contás con el Certificado emitido por un Organismo de certificación:

  • Inicia el trámite de presentación de tu certificado, “Certificaciones de Reglamentos Técnicos”, en TAD.
  • En el apartado “Datos del Trámite” seleccioná la opción “Acero para la construcción” dentro del listado “Otros reglamentos”.
  • Adjuntá la siguiente documentación:

    • Formulario de Presentación de Certificado.
    • Certificado emitido por Organismo de Certificación en color firmado en original.
    • En caso de haber solicitado Sin Derecho a Uso, adjuntá la nota de apertura de SDU.
3

Para los productos alcanzados por la normativa pero que vayan a ser utilizados con fines distintos a las estructuras de hormigón y estructuras metálicas de la construcción, se contempla la excepción de los requisitos establecidos por la Resolución 404/1999 (ver Resolución 924/99 complementaria):

4

Una vez que realices el trámite vas a recibir una notificación con el resultado.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito




Descargas

Formulario de Excepción (558.0 Kb)

  Descargar archivo

Organismos técnicos reconocidos (236.9 Kb)

  Descargar archivo

Formulario de Presentación de Certificado (15.6 Kb)

  Descargar archivo

Declaración Jurada de Conformidad 237_24 (195.8 Kb)

  Descargar archivo
Scroll hacia arriba