Presidencia de la Nación

Si fabricás o importás productos de acero utilizados en las estructuras de hormigón y en las estructuras metálicas de la construcción, previo a la comercialización o transferencia a título gratuito, deberás cumplir con el procedimiento de evaluación de la conformidad para productos de acero, establecido por la Resolución S.I.C. N° 236/2024.

El control de cumplimiento podrá ser realizado conforme los mecanismos de vigilancia de mercado previstos en el apartado 5 del Anexo de la Resolución N° 237/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.

¿Qué necesito?

Tener CUIT y clave fiscal nivel 2 en AFIP

Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, tenés que hacer la delegación de servicios vía AFIP.

¿Cómo hago?

1

Si tu producto es importado y no cuenta con certificado::

2

Si ya contás con el Certificado emitido por un Organismo de certificación:

  • Inicia el trámite de presentación de tu certificado, “Certificaciones de Reglamentos Técnicos”, en TAD.
  • En el apartado “Datos del Trámite” seleccioná la opción “Acero para la construcción” dentro del listado “Otros reglamentos”.
  • Adjuntá la siguiente documentación:

    • Declaración Jurada de Conformidad
    • Certificado emitido por Organismo de Certificación en color firmado en original.
    • En caso de haber solicitado Sin Derecho a Uso, adjuntá la nota de apertura de SDU.
3

Para los productos alcanzados por la normativa pero que vayan a ser utilizados con fines distintos a las estructuras de hormigón y estructuras metálicas de la construcción, se contempla la excepción de los requisitos establecidos por la Resolución 404/1999 (ver Resolución 924/99 complementaria):

4

Una vez que realices el trámite vas a recibir una notificación con el resultado.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

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