El Certificado de Pre-identificación es un instrumento con carácter de declaración jurada que permite el registro de datos de los nacidos en Argentina que nunca tuvieron DNI. De este modo, las personas pueden gestionar el acceso a sus derechos básicos, mientras inician o continúan el trámite de obtención de la partida de nacimiento y posteriormente de su DNI.
El CPI no acredita identidad y su gestión no inicia el trámite de Inscripción tardía de nacimiento.
¿A quién está dirigido?
A todos los nacidos en Argentina que no han sido inscriptos al nacer, por lo tanto, no tienen partida de nacimiento ni DNI.
¿Qué necesito?
Haber nacido en territorio argentino.
No estar inscripto. Es decir, no contar con partida de nacimiento.
Tener más de un año de edad (que estén vencidos los plazos que establece el artículo 28 de la ley 26.413).
Si la persona es menor de 14 años, se agrega:
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Acompañamiento del padre, madre o representante legal; y su DNI.
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Acreditación del representante legal, cuando corresponda:
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Oficio judicial o testimonio de tutela de la persona menor de edad. Es otorgado por el juzgado. Debe contar con sello y firma del juez, secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
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Si la persona menor se encuentra en una institución de cuidado u hogar de menores: Autorización de representación firmada y sellada por la autoridad competente que corresponda.
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Oficio judicial o testimonio de guarda provisoria con fines de adopción. Debe contar con sello y firma del juez, secretario o funcionario autorizado a extender oficios en cumplimiento de mandas judiciales.
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¿Cómo hago?
Solicitalo en cualquier oficina del Renaper o en los Registros Civiles de todo el país. El trámite es personal, gratuito y sin turno.
IMPORTANTE: El Certificado de Pre-identificación no se podrá tramitar en aeropuertos.
Presentate con toda la documentación que tengas sobre tu nacimiento.
Si ya tenés iniciado el trámite de CPI y necesitás asistencia o ayuda para seguir tu trámite, podés contactarte con el Programa Identificar.
Cuando el CPI esté impreso, te contactarán para que lo retires en la misma sede donde lo tramitaste. Te recordamos que para retirar tu CPI tenés que presentar la constancia de inicio de trámite.
¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
6 meses
Pasados los seis meses:
Si aún no tenés la partida de nacimiento, vas a poder solicitar una prórroga.
Desde que se obtiene el CPI, hay 6 meses para iniciar el trámite de inscripción tardía de nacimiento en el Registro Civil más cercano a tu domicilio. Con esa partida de nacimiento, podés iniciar el trámite de tu primer DNI.