Presidencia de la Nación

Este instructivo se aplica para solicitar por TAD (trámites a distancia) la emisión de los certificados de NO OBJECIÓN por parte del Departamento de Sustancias Sujetas a Control Especial (DSSCE).

¿Qué necesito?

Formulario

Sustancia, cantidad de la misma y presentación

Documentación respaldatoria donde deberá constar como mínimo nombre y dirección completos del importador, exportador, fabricante y facturador

La documentación incorporada al trámite debe encontrarse en idioma español. En caso de presentarse documentación en idioma extranjero, deberá acompañarse de la traducción al castellano, legalizada por el Colegio de traductores.

¿Cómo hago?

1

Ingresar en la página TAD e iniciar el trámite

2

Cargar toda la documentación, la misma quedará disponible para su evaluación.

3

Resolución: la evaluación puede dar como resultado la emisión del certificado de NO OBJECIÓN o una subsanación con petición de información adicional la que deberá ser respondida con la información solicitada a través de la plataforma TAD. Una vez respondida correctamente la subsanación se emitirá el certificado de NO OBJECIÓN correspondiente, notificándole al regulado vía GDE.

¿Cuál es el costo?

Gratuito

No requiere arancel


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