Si tenés un proyecto orientado al desarrollo de un videojuego, presentalo en la segunda convocatoria deel Programa Potenciar Industria de Videojuegos y accedé a un Aporte No Reembolsable para ejecutarlo.
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El monto mínimo del ANR es de $1.000.000 y el máximo de $10.000.000 para ejecutarlo.
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El ANR puede cubrir hasta el 85% de los gastos elegibles. El porcentaje restante debe ser cubierto con aportes propios de la entidad solicitante.
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La duración máxima de ejecución del proyecto es de 12 meses.
Beneficio adicional por cuestiones de género
Si tu proyecto tiene perspectiva de género, el monto máximo del ANR puede incrementarse en $500 mil, monto que puede ser destinado a cualquiera de los gastos elegibles. Para acceder, se debe cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- El proyecto debe tener impacto en cuestiones de género. Por ejemplo, que la trama del juego posea características didácticas sobre problemáticas de género.
- Las entidades solicitantes que integran el proyecto deben tener un porcentaje mayoritario de mujeres ocupando sus cargos directivos y conformando el equipo que lo llevará adelante.
Tipos de proyectos admisibles:
1. Desarrollo integral de “Vertical Slice”. Al finalizar la implementación del proyecto, el mismo debe reunir las siguientes características:
- Permitir apreciar las características principales del videojuego, conocer sus personajes, la historia y el género al que pertenece.
- Contener las funcionalidades principales del producto definitivo, de manera que puedan ser testeadas.
- Proporcionar los elementos necesarios para conocer el arte y las características audiovisuales que tendrá el videojuego en su versión final.
2. Desarrollo total o parcial de videojuegos. Una vez finalizado el plazo de ejecución, los beneficiarios deberán exhibir el tramo/hito que constituyó el objeto del proyecto presentado, que en ningún caso puede corresponderse con etapas anteriores o iguales al vertical slice.
Podés destinar tu ANR a financiar
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Gastos elegibles asociados al proyecto:
- Adquisición de maquinaria y equipos, mobiliarios, insumos, patentes, licencias marcas, certificaciones y habilitaciones.
- Reentrenamiento del personal relacionado con las actividades del proyecto.
- Viáticos admisibles: pasajes de larga distancia, pagos por alojamiento, inscripciones en eventos, gastos vinculados a la preparación de estands de exhibición en eventos (hasta $400 mil).
- Servicios tercerizados vinculados con los siguientes rubros: ilustración, motion capture, animación, composición musical, edición de video, efectos de sonido, modelado 3D, otras áreas relacionadas con la producción de contenidos audiovisuales orientados a los videojuegos.
- Servicios tercerizados vinculados a la adquisición de máquinas y equipos.
- Servicios tercerizados vinculados a software.
- Servicios tercerizados que tengan como fin posibilitar o concretar la exportación del producto desarrollado.
- Servicios tercerizados vinculados a la realización de estudios intensivos en materia de Economía del Conocimiento aplicada a la industria del videojuego.
- Servicios tercerizados de profesionales inscriptos en el Registro de Articuladores de la Economía del Conocimiento (Resolución Nº 390/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación) para asesoramiento y/o asistencia en la gestión del proyecto presentado.
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Gastos elegibles no asociados al proyecto (hasta 4% del total del ANR):
- Gastos destinados a la construcción o acondicionamiento de lactarios (Obras civiles edilicias).
- Gastos destinados al equipamiento de lactarios.
- Gastos destinados a la capacitación del personal femenino que integra la empresa en materia de innovación, tecnología y actividades de la Economía del Conocimiento.
- Gastos destinados al financiamiento de cursos y carreras de especialización para el personal femenino que integra la empresa.
Criterios de evaluación
- Se va a evaluar los proyectos priorizando a aquellos que:
- Realicen un mayor esfuerzo de inversión con aportes propios.
- Tiendan a incrementar las ventas de los presentantes.
- Utilicen herramientas de innovación abierta en su proceso.
- Cuenten con perspectiva de género.
- Se orienten al desarrollo de videojuegos accesibles o cuenten, en el equipo que lo llevará adelante, con personas con discapacidad.
- Sean llevados adelante en las provincias de San Juan, Tucumán, Catamarca, La Rioja, Salta, Jujuy, Formosa, Santiago del Estero, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos.
- Sean implementados por entidades o profesionales con amplia trayectoria en la industria del videojuego o en productos similares.
- Utilicen mayoritariamente recursos nacionales en su ejecución.
- Sean presentados en forma clara.
Tenés tiempo de inscribirte hasta el 27 de marzo de 2023.
¿A quién está dirigido?
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Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Unipersonales, Sociedades en Comandita por Acciones y Sociedades por Acciones Simplificadas.
SRL y Sociedades en Comandita Simple. -
Asociaciones, Fundaciones, Cooperativas, Entidades Civiles y Mutualistas.
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Universidades, organismos públicos o entes públicos que no pertenezcan a la Administración Nacional, Provincial o Municipal centralizada.
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Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) - que se encuentren vinculadas a: universidades, entes públicos y organismos públicos que no pertenezcan a la Administración Nacional, Provincial o Municipal centralizada.
¿Qué necesito?
Ser persona jurídica habilitada para operar en el país.
Estar inscripto en la AFIP, contar con clave fiscal.
No poseer deudas previsionales o tributarias exigibles al momento de la presentación del proyecto.
Contar con una nómina de personal asalariado conformada como mínimo por 2 personas.
Acreditar el aporte de al menos una de las actividades de Economía del Conocimiento contempladas en el Artículo 2° de la Ley de Economía del Conocimiento que se requiera para la ejecución del proyecto.
¿Cómo hago?
Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal.
Selecciona el trámite Inscripción de la Convocatoria “POTENCIAR VIDEOJUEGOS”
Completá los siguientes formularios:
- “Anexo I – Entidad”
- “Anexo IV– Declaración Jurada de Inexistencia de incompatibilidades”
- “Anexo V – Aceptación de los términos y condiciones del programa”
- “Anexo VI – “Declaración Jurada Utilización de Herramientas de Innovación Abierta”
Al momento de la solicitar el beneficio adjuntá:
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“Anexo II – Formulario Aspectos Generales del Proyecto” y el “Anexo III - Formulario Detalles del proyecto” completos. Los podés encontrar en la sección de “Descargas” de esta página..
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Captura de pantalla del Sistema de Cuentas Tributarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para los impuestos nacionales y cargas previsionales, donde se acredite la inexistencia de deudas tributarias y previsionales exigibles al momento de la solicitud.
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Declaración Jurada del sistema único de la Seguridad Social (formulario AFIP 931), donde se acredite una nómina de personal asalariado de dos o más personas.
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Formulario “Solicitud de alta de Entes - Anexo I.a” o “Solicitud de modificaciones, rehabilitaciones y reactivaciones de Entes - Anexo II.a” para validar la cuenta bancaria que recibiría el ANR.
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Formulario de Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria.
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Constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta declarada en los formularios de Solicitud de Alta de Entes o de Modificaciones, Rehabilitaciones y Reactivaciones y de Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional.
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Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la/s personas que realizan las presentaciones en el módulo de Trámites a Distancia (TAD) y de quien/quienes suscriben los formularios de Solicitud de Alta o de Modificaciones, Rehabilitaciones y Reactivaciones de Entes y Autorización de Acreditación de Pagos del Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria. En caso de que quien firme los mentados documentos y/o realice las citadas presentaciones por Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) no sea una persona designada o apoderada en el estatuto societario o poder otorgado acreditado a través del R.U.M.P., deberá presentar además copia simple del Poder especial de gestión de cuentas y/o facultades de representación.
Sólo para las Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT):
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Copia de la habilitación dictada por Autoridad Competente que les reconoce el carácter de UVT.
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Contrato o acuerdo celebrado con la institución u organismo que vincula en el marco de esta Convocatoria Específica. Debiendo quedar especificado en el mismo, los términos y condiciones en que la UVT gestionará el proyecto presentado por la o las instituciones y/o organismos y las características del mismo.
Aclaración: serán los representados por la Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) quienes tendrán la obligación de demostrar las capacidades de generación de las Actividades de Economía del Conocimiento.
- En caso de contar con un nuevo Estado Contable aprobado posterior a la presentación realizada oportunamente en el RUMP, adjuntarlo en el espacio destinado a información complementaria.
Si considerás relevante presentar alguna información complementaria del proyecto que no fue mencionada, adjuntala.
Se va a evaluar tu proyecto. Si el ANR fue aprobado, vas a recibir una notificación por TAD.
Dentro de los 10 hábiles días de notificada la resolución que adjudica el beneficio al proyecto aprobado se requiere: Póliza de Seguro de Caución del Beneficiario a favor de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO.
Una vez que presentes y se apruebe la Póliza de seguro, se procederá al desembolso del ANR.
Si tenés dudas o consultas, completá este formulario.