Frigoríficos
NSCRIPCION EN EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS DE MOLIENDA DE PIMENTÓN, AJÍ MOLIDO Y COMINO
Toda persona física o Jurídica que se dedique al almacenamiento en cámara, de frutas frescas no cítricas, cítricas, cebollas, aromáticas, etc., con destino al mercado interno o a la exportación debe inscribir y habilitar su establecimiento en el Senasa.
Documentación necesaria para la inscripción
Solicitud de Inscripción correspondiente firmada por el titular, responsable o apoderado (en estos últimos casos demostrarán legalmente su condición).
La solicitud de inscripción se puede solicitar en la Oficina Senasa de la zona, o desde aquí: "Solicitud para establecimientos frigorífico" (enlace a “solicitud-frigorifico-fyh” adjunto)
Comprobante de inscripción en la AFIP (CUIT) y de Rentas de la jurisdicción o Convenio Multilateral.
Habilitación municipal: Constancia que debe tener el nombre de la razón social, la ubicación del establecimiento y para qué se lo habilitó (Empaque de Frutas). La dirección declarada en la solicitud de inscripción debe ser la misma que la de la habilitación municipal (si figura la dirección catastral, que ésta se pueda ubicar en el plano perfectamente).
Plano de ubicación del establecimiento, en escala 1:2000: Permitirá ubicar el establecimiento en la zona y tener las referencias necesarias para poder acceder al lugar sin ayuda. Debe indicar la localidad.
Croquis de la distribución de las instalaciones en el establecimiento, en escala 1:100. Permitirá conocer el diseño del establecimiento y distribución de los distintos sectores o ámbitos del establecimiento (salas de trabajo, depósitos, sanitarios, oficinas, alrededores, etc.) y la ubicación de la línea de proceso indicando sus distintas secciones y de entrada y salida del producto.
Título de propiedad o contrato de alquiler.
Las sociedades, sea cual fuere su tipo jurídico, y cooperativas deberán acompañar la siguiente documentación:
Estatutos o Contrato Social.
Acta en la que conste la distribución de cargos de los integrantes.
Constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Las sociedades de hecho y las personas físicas:
Copia de los documentos de identidad de sus integrantes incluida la hoja en la que conste la dirección.
Toda la documentación presentada debe estar autenticada por escribano, juez de paz, gendarmería o policía. NO SERAN CONSIDERADAS LAS FOTOCOPIAS SIN AUTENTICAR.
La inscripción debe renovarse anualmente.
Cualquier cambio en alguno de los datos consignados al momento de la inscripción deberá ser comunicado inmediatamente a la DICA - Coordinación de Frutas, Hortalizas y Aromáticas con el fin de incorporarlo al expediente.
Arancel: Trámite arancelado.
Duración: 15 días desde el momento que llega a la Coordinación de Frutas, Hortalizas y Aromáticas.
Documentación que se otorga: Certificado de Habilitación.
NORMATIVA
Resolución SAGyP N° 145/83 - Establece las normas de calidad para las Frutas Frescas Cítricas.
Resolución SAG N° 554/83 - Establece las normas de calidad para las Frutas Frescas no Cítricas.
Resolución SAGPyA Nº 48/98 - Aprueba las normas relativas a la reorganización y actualización de los Registros de Empacadores, Establecimientos de Empaque y Frigoríficos de frutas y hortalizas y los componentes del sello clave. En el anexo I se establece que el registro funcionará en la órbita de la Dirección de Calidad Agroalimentaria de Senasa se detallan: los requisitos generales para la tramitación de la inscripción, las obligaciones del empacador y las condiciones generales para la habilitación de los establecimientos de empaque y frigoríficos. En el anexo II se enumeran los componentes del sello clave.
Resolución IASCAV n° 130/93 - Establece las normas para el registro de empacadoras de fruta fresca cítrica para exportar a países de la UE
Resolución IASCAV n° 214/94 - Aprueba el procedimiento para el registro de empacadoras de frutas frescas cítricas para países de la UE.
Disposición DNFA N° 1/05 - Extiende la aplicación de la resolución nº 48/98 de la ex secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en relación con las Frutas Cítricas destinadas al mercado externo
Resolución SAGPyA N° 332/99 - Se rectifica una Tabla de la Resolución N° 48/98, por la que se aprueban las normas relativas a la reorganización y actualización de los Registros de Empacadores, Establecimientos de Empaque y Frigoríficos de frutas y hortalizas y a los componentes del sello clave.
COORDINACIÓN FRUTAS, HORTALIZAS, AROMÁTICAS Y OTROS
Azopardo 1020, piso 1
1107 Buenos Aires, Argentina
Teléfono 54 11 4505 5874
e-mail: [email protected]