Presidencia de la Nación

Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia)


Requisitos para autorizar el traslado sin ánimo comercial de perros y gatos a Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia)

ALCANCE
Aplica a desplazamientos sin ánimo comercial de hasta CINCO (5) perros (Canis lupus familiaris) o gatos (Felis silvestris catus) que se trasladen desde la ARGENTINA hacia Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia)

CONSIDERACIONES
VALIDEZ QUE SE OTORGA AL CVI

Para el ingreso a Gran Bretaña: 10 (diez) días corridos a partir de la fecha de la emisión del CVI hasta la fecha de los controles documentales y de identidad en el punto de entrada a Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia).

Para el retorno a la Argentina: una vez emitido el Certificado por Senasa, éste tiene una vigencia de 60 (sesenta) días retornar a la ARGENTINA (siempre que conserve vigencia la vacunación contra Rabia y el buen estado de salud del animal.

EDAD DEL PERRO O GATO
Se admiten el ingreso de perros y gatos con edad igual o mayor a 12 semanas de vida (3 meses) y 21 (veintiún) días al momento del ingreso a Gran Bretaña.

RESTRICCIONES DE RAZAS CANINAS : No se admite el ingreso a Gran Bretaña de caninos de las siguientes razas: Pitbull Terrier - Tosa Japonesa - Dogo Argentino - Fila Brasileiro.

REQUISITOS SANITARIOS PARA EL INGRESO DE CANINOS Y FELINOS A GRAN BRETAÑA

1- IDENTIFICACIÓN CON MICROCHIP

Los perros y gatos deben estar identificados con microchip compatible con las Normas ISO 11784 ó 11785. El propietario / responsable del animal debe presentar el certificado de implantación donde conste la fecha de implantación o certificado de lectura donde conste la fecha de lectura, los datos del animal, propietario y el número del microchip.

La fecha de implantación o lectura debe ser anterior a la fecha de la vacuna contra la rabia, o en su defecto, el mismo día.

IMPORTANTE:
A los fines de corroborar que el microchip implantado sea legible, y evitar inconvenientes al momento del embarque o rechazo en el ingreso al país de destino, el día que concurra a la oficina Certificadora del Senasa podrá optar por:

-Concurrir con el animal a la oficina del Senasa para la constatación de su identificación por lectura oficial del microchip o tatuaje o bien

-Presentar un Certificado de Lectura de Microchip emitido por el veterinario privado matriculado donde consten los datos del animal, fecha, propietario y el número del dispositivo electrónico (microchip). En este caso la lectura debe realizarse en el momento del examen clínico de salud del animal dentro de los 10 días previos al viaje para garantizar la correcta colocación y lectura del dispositivo.

2- VACUNACIÓN ANTIRRÁBICA
Para todos los felinos y caninos a partir de las 12 semanas de vida.
Llevada a cabo por veterinario matriculado utilizando modelo oficial provisto por el Consejo o Colegio de la Jurisdicción del profesional o bien la vacunación sea asentada en la LSUCyF. La vacuna será considerada válida a partir de los 21 (veintiún) días de la fecha de su aplicación, excepto que se trate de una vacunación de refuerzo administrada dentro del período de validez de la vacuna anterior. Presentar original y copia. La vacunación antirrábica debe ser posterior a la fecha de implantación del microchip o en su defecto, el mismo día de la colocación del microchip sin excepción.

3- CERTIFICADO DE SALUD
Emitido por un veterinario matriculado dentro de los 10 (diez) días previos a la fecha de los controles documentales y de identidad en el punto de entrada a Gran Bretaña (Inglaterra, Gales y Escocia) utilizando modelo oficial provisto por el Consejo o Colegio Profesional, o la declaración de salud en la LUSCyF.

4- CONSTANCIA DE TRATAMIENTO CONTRA ECHINOCOCCUS MULTILOCULARIS (CANINOS)
El perro debe recibir un tratamiento con un producto aprobado por SENASA que contenga la dosis adecuada de praziquantel o de principios activos contra parásito Echinococcus multilocularis, efectuado por un veterinario matriculado dentro de las 120 (ciento veinte) horas y no antes de las 24 (veinticuatro) horas previas a la entrada a Gran Bretaña. En la Constancia deben figurar datos del canino (incluyendo microchip), el nombre del producto administrado, laboratorio elaborador, dosis, fecha y hora del tratamiento. La misma podrá estar asentada en la LUSCyF. El ejemplar original de esta constancia será adjuntada por el personal del SENASA al Certificado Veterinario Internacional, para ser presentado antes las autoridades veterinarias de Reino Unido.

5- DOCUMENTO DE IDENTIDAD O PASAPORTE
Copia del documento de identidad o Pasaporte de la persona que se traslada con el animal, cuyo nombre será el que figure en Certificado Veterinario Internacional que emita el Senasa

6- DOMICILIO DONDE PERMANECERÁ EL ANIMAL EN LA GRAN BRETAÑA.

CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA

PARA TRASLADOS definidos por las siguientes situaciones:
-Si una persona se traslada con más de 5 (cinco) CANINOS o FELINOS.
-Si los CANINOS o FELINOS son despachados como CARGA (ya sea con fines comerciales o animales de compañía sin acompañante).
CONTACTE PREVIAMENTE a una oficina certificadora SENASA, debido a que los plazos y procedimientos son diferentes.

TRÁNSITOS: En caso de realizar tránsito por la Unión Europea para arribar a Gran Bretaña, informarlo al personal del SENASA interviniente en el momento de la emisión del certificado.

IMPORTANTE: Tener en cuenta también que las aerolíneas tienen sus propias regulaciones e interpretaciones, por lo cual se sugiere asesorarse con las mismas previamente por posibles requisitos adicionales. (Por ejemplo, restricciones de razas, preponderancia de razas en animales mestizos, características de contenedores para el transporte, etc.). Conocer y cumplir características de los contenedores para el traslado es responsabilidad del propietario. El SENASA propicia y supervisa el uso de contenedores que respeten los estándares de bienestar animal

COSTO DEL TRÁMITE:
Consulte

DEPENDENCIAS DEL SENASA PARA LA OBTENCIÓN DEL CVI
Consultar oficinas certificantes.

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