Vendedores
Trámites relacionados con la inscripción en este rubro, habilitación de polvorines, documentación registral requerida, solicitud de baja como usuario y de instalaciones.
En esta página
Inscripciones
-
Inscripción-reinscripción vendedor de 1ª (explosivos).
Las personas físicas o jurídicas que comercialicen explosivos con otras personas o entidades que acrediten su condición de usuarios de explosivos deberán contar con la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción vendedor de 2ª (explosivos).
Las personas físicas o jurídicas que comercialicen explosivos con otras personas o entidades que acrediten su condición de pequeños usuarios deberán contar con la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año. -
Habilitación-rehabilitación polvorín tipo A, B, C o E.
Se otorga sobre las instalaciones destinadas al almacenamiento y custodia de explosivos, pudiendo ser fijas o móviles, a nivel o semienterradas, según su tipo. Su vigencia es de cinco años.
Nitrato de Amonio
-
Inscripción-reinscripción vendedor de nitrato de amonio.
Las personas físicas o jurídicas que comercialicen nitrato de amonio deberán estar inscriptas como vendedor y contar con un depósito para el almacenamiento y custodia del producto con la correspondiente habilitación vigente a su nombre. -
Habilitación-rehabilitación de depósito de nitrato de amonio.
La habilitación o rehabilitación como depósito requiere la correspondiente inscripción vigente en el rubro fabricante, exportador, vendedor o usuario de nitrato de amonio a nombre del solicitante. -
Habilitación-rehabilitación de depósito de nitrato de amonio a cielo abierto.
Los establecimientos destinados al almacenamiento a cielo abierto deberán contar con la correspondiente inscripción vigente de los rubros importador, exportador, vendedor, usuario o fabricante a su nombre. -
Habilitación-rehabilitación de depósito (tanque) de nitrato de amonio en solución.
La habilitación o rehabilitación en este rubro requiere la inscripción vigente del rubro fabricante, importador, exportador o usuario de Nitrato de Amonio a su nombre.
Nitrocelulosa
-
Inscripción-reinscripción vendedor de nitrocelulosa.
Las personas físicas o jurídicas que comercializan nitrocelulosa están obligadas a disponer de un depósito para su almacenamiento y custodia, acorde a su actividad, y a la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año.
Pirotecnia
-
Inscripción-reinscripción vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre con depósito propio.
Las personas físicas o jurídicas que se dediquen a esta actividad deberán contar con la inscripción en este rubro y de la correspondiente habilitación vigente de las instalaciones a su nombre. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre con depósito alquilado o cedido.
Las personas físicas o jurídicas que se dediquen a esta actividad deberán contar con la inscripción en este rubro y con la correspondiente habilitación vigente de las instalaciones a su nombre. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción vendedor de artificios pirotécnicos de venta controlada con depósito propio.
Las personas físicas o jurídicas que se dediquen a esta actividad comercial deberán contar con la inscripción en este rubro y de la correspondiente habilitación vigente de las instalaciones a su nombre. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción vendedor de artificios pirotécnicos de venta controlada con depósito alquilado o cedido.
Las personas físicas o jurídicas dedicadas a comercializar artificios pirotécnicos que poseen depósitos alquilados o cedidos, deben contar con la habilitación de los mismos a su nombre y la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año. -
Habilitación-rehabilitación de depósito clase I y III.
Las habilitaciones de las instalaciones destinadas al almacenamiento y custodia de artificios pirotécnicos están sujetas a la inscripción como usuarios de pirotecnia. Se otorgan por un período de cinco años. -
Habilitación depósito mayorista de pirotecnia clase II.
La habilitación de estas instalaciones está sujetas a la inscripción como vendedor mayorista de artificios pirotécnicos de venta libre. Su vigencia se extenderá por el plazo que confiera la autoridad comunal o por un año, si aquel fuere mayor. -
Documentación registral para el ejercicio de la actividad pirotécnica..
Detalles sobre los criterios para considerar factible el almacenamiento de treinta (30) cajones en un negocio minorista.
Bajas
-
Solicitud de Baja en rubros..
Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante la ANMaC. -
Solicitud de Baja en instalaciones..
Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante la ANMaC.