Usuarios
Vas a encontrar aquí los trámites vinculados con la inscripción en los distintos rubros, habilitación de polvorines, documentación registral requerida, solicitud de baja como usuario y de instalaciones.
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Inscripciones
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Inscripción-reinscripción usuario de explosivos con polvorín tipo A, B, C o E.
Las personas o entidades que adquieran explosivos para su propio uso deberán contar con la correspondiente inscripción en este rubro. Están obligadas además a disponer de un polvorín Tipo A, C o E, o más de tres B para el almacenamiento y custodia del explosivo. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción usuario de explosivos con polvorín tipo B exclusivamente.
Las personas o entidades que adquieran explosivos para su propio uso y que dispongan para su almacenamiento de un polvorín Tipo "B" exclusivamente, deberán contar con la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción usuario que presta servicio de voladura (clase A o B).
Las personas físicas o jurídicas que realizan para terceras personas servicios de voladura deberán contar con la correspondiente inscripción. Son responsables del proyecto y diseño de la voladura, su ejecución, su terminación, recepción y entrega de la zona de voladura. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción usuario que recibe servicio de voladura.
Este rubro comprende a las personas físicas o jurídicas que contratan "usuarios que prestan servicios de voladura". No realizan actos con explosivos y por lo tanto no cuentan con polvorines propios ni personal para dichas tareas. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción usuario de explosivos que presta servicio de prospección sismográfica.
Toda persona física o jurídica que realice servicios de prospección sismográfica, deberá contar con inscripción vigente ante la ANMaC y con la correspondiente habilitación de sus instalaciones de almacenamiento. -
Inscripción-reinscripción usuario administrador de depósito fiscal en zona aeroportuaria.
La inscripción como usuario requiere la correspondiente habilitación vigente de los depósitos fiscales de almacenamiento temporario de explosivos en zona aeroportuaria. Su vigencia es de un año. -
Inscripción-reinscripción pequeños usuarios de explosivos.
La inscripción en este rubro autoriza a los pequeños usuarios de explosivos a adquirir, usar y mantener en guarda hasta diez kilogramos de altos explosivos o pólvora negra y detonadores y mechas suficientes para tal cantidad. La vigencia de la inscripción es anual. -
Solicitud de baja como usuario de explosivos.
Las personas físicas o jurídicas inscriptas en este rubro que cesen sus actividades deberán solicitar su baja ante la ANMaC.
Habilitaciones
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Habilitación-rehabilitación polvorín tipo A, B, C, o E.
Se otorga sobre las instalaciones destinadas al almacenamiento y custodia de explosivos, pudiendo ser fijas o móviles, a nivel o semienterradas, según el tipo. Su vigencia es de cinco años. -
Habilitación-rehabilitación de polvorines para usuario de explosivos que presta servicio de prospección sismográfica.
La habilitación de los polvorines se otorgará una vez instalado en el lugar destinado al desarrollo de la actividad y las mismas caducarán al momento del traslado de la instalación. Las condiciones técnicas de la instalación se acreditarán a través e la constancia de aptitud constructiva otorgada por el RENAR. -
Aptitud constructiva de una instalación auxiliar móvil para usuarios que prestan servicio de prospección sismográfica.
La constancia de aptitud constructiva será otorgada previa inspección de las instalaciones y será requisito previo e inexcusable en toda solicitud de habilitación de instalaciones móviles. Las constancias de aptitud constructiva quedarán sujeta a la inscripción anual como usuario de explosivos en el rubro específico. En ningún caso el vencimiento excederá los cinco (5) años. -
Habilitación-rehabilitación de depósitos fiscales de almacenamiento temporario de explosivos en zona portuaria.
La habilitación de instalaciones destinadas como depósitos fiscales para el almacenamiento temporario de explosivos requiere de la correspondiente inscripción vigente del usuario administrador de depósito fiscal. Su vigencia es de cinco años.
Nitrato de amonio
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Inscripción-reinscripción usuario de nitrato de amonio.
La inscripción o reinscripción en este rubro requiere la correspondiente habilitación vigente de las instalaciones a su nombre. -
Inscripción pequeños usuarios de nitrato de amonio.
Todas las personas físicas y jurídicas que adquieran nitrato de amonio para ser utilizadas en proyectos de investigación, estándares de calidad o micro emprendimientos deberán inscribirse en este rubro. Las mismas podrán adquirir hasta veinte (20) Kilogramos por mes, no acumulativos, de esta sustancia. -
Inscripción-reinscripción usuario de nitrato de amonio con depósitos (tanques) habilitados por terceros.
La inscripción en este rubro requiere la correspondiente registración vigente de las instalaciones a utilizar. -
Habilitación-rehabilitación de depósito (tanque) de nitrato de amonio en solución.
La habilitación o rehabilitación en este rubro requiere la inscripción vigente del rubro Fabricante, Importador, Exportador o Usuario de Nitrato de Amonio a su nombre. -
Habilitación-rehabilitación de depósito de nitrato de amonio a cielo abierto (cancha).
Los establecimientos destinados al almacenamiento a cielo abierto deberán contar con la correspondiente inscripción vigente de los rubros importador, exportador, vendedor, usuario o fabricante a su nombre. -
Habilitación-rehabilitación de depósito de nitrato de amonio.
La habilitación o rehabilitación como depósito requiere la correspondiente inscripción vigente en el rubro fabricante, exportador, vendedor o usuario de Nitrato de Amonio a nombre del solicitante.
Nitrocelulosa
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Inscripción -reinscripción usuario de nitrocelulosa.
Las personas físicas o jurídicas que adquieren nitrocelulosa para el propio uso deben disponer de un depósito habilitado para su almacenamiento y contar con la correspondiente inscripción en este rubro. Su vigencia es de un año. -
Habilitación-rehabilitación depósito de nitrocelulosa.
Las instalaciones destinadas al almacenamiento y custodia de nitrocelulosa deben contar con la correspondiente habilitación. Su vigencia es de cinco años.