Programa FESCAS - Componente I - Preguntas Frecuentes
Actualizado al 06/06/22
En esta página
- Del proceso de inscripción en AFIP
- Del proceso de pre-selección de establecimientos/empresas de salud
- Del proceso de cumplimiento de los lineamientos para la mejora de la calidad del Programa FESCAS - Componente I
- Formulario Módulo I - Declaración de compromiso
- Formulario Módulo II - Capacitaciones de equipos de salud
- Formulario Módulo III – Autoevaluación para las buenas prácticas
Del proceso de inscripción en AFIP
¿Los establecimientos/empresas de salud deben estar aprobados para REPRO II o además inscriptos en REFES?
Pueden inscribirse aquellos establecimientos/empresas de salud que hubieran aprobado en alguna instancia el programa REPRO II (en los 18 meses) y se encuentren en el listado de salud. En caso que no estuvieran registrados en REFES podrán inscribirse igual. No obstante, deberán iniciar el trámite para anotarse en REFES.
¿Cómo realizan la inscripción al Programa FESCAS Componente I, aquellas empresas de menos de 800 empleados/as que no tienen la obligación de presentar el balance certificado?
Las empresas con menos de 800 empleados/as deberán presentar sólo el balance. El balance con certificación será requerido para las empresas con más de 800 trabajadores/as.
¿El parámetro de compras es excluyente?
En principio el parámetro de compras no es excluyente. No obstante, es facultad del Comité de Selección definirlo. Este aspecto podría ser susceptible de modificaciones que serán oportunamente informadas.
¿Cada cuánto se deberá actualizar los índices de liquidez?
La fecha de corte siempre es al cierre del mes anterior. Por ejemplo, el corte correspondiente al mes de mayo debería incluir los movimientos de liquidez hasta el 30 de abril inclusive.
¿Los establecimientos/empresas de salud deberán seguir enviando la nómina de trabajadores excluidos de la pre-paga?
Correcto, deberán continuar enviando dicha nómina al correo electrónico correspondiente al REPRO Salud del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
¿Existe un beneficio vía FESCAS y otro vía REPRO?
Así es, son dos beneficios excluyentes. Pueden solicitar el REPRO, pero los inhabilita de solicitar inscripción a FESCAS. Por otro lado, si está en el listado de salud puede solicitar el FESCAS, tienen que adherirse al servicio a través de la página AFIP-FESCAS. En tal caso no podrá requerir el REPRO.
Del proceso de pre-selección de establecimientos/empresas de salud
¿Los datos patrimoniales cargamos al 31 de marzo de 2022 sirven para este periodo del FESCAS? ¿O deberán ser actualizados al 30 de abril?
Los datos patrimoniales deberán será actualizados para cada presentación la información al corte correspondiente publicado en la Resolución 119/2022 del Ministerio de Salud.
Respecto al Balance 2022 ¿tiene que estar legalizado? ¿O puede ser borrador? En caso de no estar legalizado el 2021 ¿puede ser el 2020?
El Balance depende del cierre del período, hasta ahora se aceptaba el de diciembre 2020. La legalización es necesaria pero la certificación es solo si supera los 800 trabajadores/as.
En comprobantes en línea existía la opción para agregar facturación que ajustaba el valor en AFIP REPRO, ¿continuara así para FESCAS?
Si, correcto. Es un servicio que se llama RCEL, que va a seguir existiendo, es una manera que tienen las empresas para ajustar motivos de facturación.
¿Cuáles serían las limitaciones o restricciones en el caso de acceder al programa, distribución de utilidades y por cuánto tiempo?
El impedimento es por 12 meses después de finalizada su participación en el mismo.
En el caso que se realicen desvinculaciones de personal por despido sin justa causa, ¿qué consecuencias tiene? ¿Existe alguna multa o devolución del beneficio percibido?
No es subsanable, no se aplicará el beneficio.
¿La información de la situación patrimonial a presentar, debe ser la del último balance certificado o actualizada por mes?
Sí ambas cosas, el último balance certificado y el corte mensual debido.
Respecto de la DDJJ del impuesto a la riqueza, para las empresas que no tienen dueños/accionistas por el tipo societario, ¿deben realizar la presentación los administradores?
Es una DDJJ por lo cual pueden seleccionar tanto si son sujetos pasibles o no; y avanzar.
¿La caída del beneficio por las causas previstas es prospectivo o la empresa tiene que devolver lo recibido?
La normativa contempla la devolución para el caso que se realice una fiscalización y se registren incumplimientos.
Del proceso de cumplimiento de los lineamientos para la mejora de la calidad del Programa FESCAS - Componente I
¿A qué se refiere con lineamientos de calidad para la mejora?
Son 4 módulos a ser completados e implementados (atento a un cronograma de fechas que se promoverá oportunamente) por los establecimientos/empresas de salud que se han inscripto en AFIP-FESCAS en el marco del Plan Nacional de Calidad 2021-2024. Los módulos son:
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Módulo 1) Información general y declaración de compromiso (a completarse entre el 2/06/22 y el 13/06/22)
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Módulo 2) Inscripción a capacitaciones para equipos de salud (a completarse entre el 2/06/22 y el 13/06/22).
Más adelante, se facilitará el acceso a los próximos módulos junto con el cronograma de aplicación correspondiente a cada uno: -
Módulo 3) Herramienta de autoevaluación de buenas prácticas para la mejora de la calidad en los servicios de salud a través del link https://redcap.link/Autoevaluacion.BBPP.FESCAS que estará habilitado a partir del 15/06.
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Módulo 4) Desarrollo y/o implementación de una herramienta de Evaluación de la satisfacción de personas usuarias de servicios de salud.
¿Aquellos establecimientos/empresas de salud que hayan sido evaluados por algún organismo externo, también deben cumplir con los lineamientos FESCAS Componente I?
Sí, esta política pretende normalizar los mismos estándares del Plan Nacional de Calidad 2021 – 2024 y permitir la aplicación de las herramientas allí establecidas a lo largo y ancho del país.
¿Se ha articulado con las tareas que realizan las acreditadoras y certificadoras externas existentes?
Sí, el Plan Nacional de Calidad 2021-2024 y sus herramientas, recogen todas las experiencias, estándares y lineamientos vigentes en la actividad.
¿Cómo iniciar el proceso de cumplimiento de los lineamientos?
Del 2/06/22 al 13/06/22 los establecimientos/empresas de salud que hayan cumplido con la carga de datos en la página AFIP- FESCAS, podrán acceder a los lineamientos para la mejora de la calidad del Programa FESCAS - Componente I a través del siguiente link: https://redcap.link/MSAL.FESCAS1 para completar el Módulo I y II.
¿Qué hacer si no me reconoce el número del DNI cuando ingreso al formulario https://redcap.link/MSAL.FESCAS1 ?
Para poder subsanar este inconveniente les solicitamos que escriban a [email protected] para que les enviemos el instructivo correspondiente.
¿En caso de una empresa que cuenta con dos establecimientos o más de salud, cuántos formularios deberá completar?
Se completará un formulario por cada establecimiento (aun cuando algunos tengan el CUIT de una misma empresa).
Formulario Módulo I - Declaración de compromiso
¿Cómo accedo al Módulo I – Declaración de compromiso?
Del 2/06/22 al 13/06/22 los establecimientos/empresas de salud que hayan cumplido con la carga de datos en la página AFIP- FESCAS, podrán acceder a los lineamientos para la mejora de la calidad del Programa FESCAS - Componente I a través del siguiente link: https://redcap.link/MSAL.FESCAS1 para completar el Módulo I y II.
¿Qué es el REFES? ¿Y qué sucede si el establecimiento/empresa de salud no aparece en listado?
El REFES es el Registro Federal de Establecimientos de Salud. No es requisito excluyente estar registrado en el REFES para completar este formulario.
En caso de estar registrado en el REFES, buscar el establecimiento/empresa de salud en las opciones desplegables y seleccionarla. En caso que el establecimiento/empresa de salud esté inscripto en el REFES y no se encuentre en las opciones desplegables deberá elegir la opción S/R, seleccionar que posee código REFES y agregarlo manualmente. Finalmente, en caso de no estar registrado en el REFES, deberá elegir la opción S/R y seleccionar que no posee código REFES.
Para inscribirse en el REFES debe enviar un correo electrónico a [email protected] adjuntando la habilitación sanitaria del establecimiento/empresa de salud y la constancia de CUIT.
¿A qué se refiere con CUIT pagador en el formulario?
Sólo en caso de que el CUIT del establecimiento/empresa de salud no coincida con el CUIT pagador, es decir con el CUIT de la empresa que realiza el pago a trabajadores y trabajadoras, deberá completar el campo “CUIT Pagador”.
¿A qué se refiere con persona Dirección Médica/Técnica?
Se refiere a la persona integrante del equipo de salud, responsable del establecimiento o empresa de salud en lo que respecta a la perspectiva sanitaria de la institución.
¿Quién debe completar y firmar la Declaración Compromiso que se adjunta en el formulario?
La declaración de compromiso será completada y firmada por la persona a cargo de la Dirección Médica/Técnica.
¿A qué se refiere con persona Referente General de Calidad?
La persona designada como Referente General de Calidad deberá coincidir con la persona designada en la carga de AFIP - FESCAS quien será ratificada en la declaración compromiso de este Módulo I
¿Cuáles serán las tareas de la persona Referente General de Calidad?
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Articular el cumplimiento del plan de capacitación de los equipos de salud a través de los cursos que proponga el Ministerio de Salud;
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Implementar la Herramienta de autoevaluación de buenas prácticas para la mejora de la calidad en los servicios de salud.
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Supervisar el desarrollo y/o implementación de una estrategia de evaluación de la satisfacción de personas usuarias de los servicios de salud;
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Participar de las instancias sincrónicas a las que convoque el MSAL.
¿La persona a cargo de la Dirección Médica/Técnica del establecimiento de salud puede ser la persona Referente General de Calidad?
Sí, cualquier persona del equipo del establecimiento de salud podrá ser designada Referente General de Calidad incluida la persona a cargo de la Dirección Médica/Técnica.
Formulario Módulo II - Capacitaciones de equipos de salud
¿Cómo accedo al módulo II – Capacitaciones de equipos de salud?
Del 2/06/22 al 13/06/22 los establecimientos/empresas de salud que hayan cumplido con la carga de datos en la página AFIP- FESCAS, podrán acceder a los lineamientos para la mejora de la calidad del Programa FESCAS - Componente I a través del siguiente link: https://redcap.link/MSAL.FESCAS1 para completar el Módulo I y II.
¿A qué se denomina persona referente multiplicadora de calidad?
Se denomina personas referentes multiplicadores de calidad a la primera camada de trabajadores/as de salud del establecimiento/empresa de salud seleccionados/as para iniciar el curso “FESCAS: Referentes de calidad”.
En lo que refiere a la modalidad de contratación, ¿a qué tipo de trabajadores/as se puede inscribir a las capacitaciones?
La capacitación del programa se encuentra dirigida a todo el personal que presta servicios dentro del establecimiento de salud independientemente de la modalidad de contratación, es decir, sea parte de la nómina incluida en el beneficio o no.
¿Cuándo se iniciará la capacitación?
Después del 13/06/22, fecha de cierre del formulario de inscripción para los módulos I y II, el Ministerio de Salud de la Nación enviará un correo electrónico a la persona referente general de calidad las personas referentes multiplicadoras de calidad, indicando los pasos a seguir para la inscripción y matriculación en la Plataforma Virtual de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
¿Qué modalidad tendrá la capacitación?
En esta etapa, la capacitación consta del curso “FESCAS: Referentes de Calidad” que es autoadministrado y dura un total de 40 horas, es decir, cada participante puede realizarlo asincrónicamente accediendo a los materiales, realizando las lecturas, contestando las encuestas inicial y final y completando la evaluación final.
¿Cuánto durará la capacitación?
El curso “FESCAS: Referentes de Calidad” tiene una duración de 5 (cinco) semanas.
Es decir, debe completarse en su totalidad, evaluación final incluida, en el lapso de esas 5 semanas. En caso de no completarlo durante dicho lapso, la plataforma se cerrará, para darle acceso a nuevo/as participantes y se dará por desaprobado el curso.
¿Se entregará certificado de capacitación?
Finalizado el curso “FESCAS: Referentes de Calidad”, la Organización Panamericana de Salud (OPS) emitirá un certificado por las 40 hs de cursada. Tener en cuenta que la finalización del curso es uno de los requerimientos que debe cumplir el establecimiento/empresa de salud para los/as trabajadores/as perciban el beneficio del Programa FESCAS – Componente I y avanzar en cumplimiento de los lineamientos para la mejora de la calidad.
**¿Cuántas personas referentes multiplicadoras de calidad corresponden por institución? **
La cantidad de integrantes a designar está determinada en base a la tipología del establecimiento/empresa salud seleccionada en el Módulo I.
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De 12 a 17 personas (incluida la persona referente general de calidad) para establecimientos del tipo con internación general, pediatría, maternidad, infantil y otras especialidades (ESCIG-ESCIEP-ESCIEM- ESCIE). Se sugiere seleccionar a personas que cumplan los siguientes roles: Jefaturas de enfermería - Jefatura clínica médica- Responsable de Piso - Jefatura Cirugía - Responsable de Admisión y área de administración - Responsable de Farmacia - Jefatura de Laboratorio e Imágenes - Responsable de auditoria - Responsable de Mantenimiento y dotación de esas áreas y responsables y dotación de aquellas áreas de procesos clave del establecimiento.
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De 2 a 4 personas (incluida la persona referente general de calidad) para establecimientos con internación especializada en salud mental (ESCIESM) y residencias especializadas en personas mayores (ESCIETE). Se sugiere personas que cumplan los siguientes roles: Jefatura de enfermería, Responsable de admisión y administración, auxiliares técnicos y responsables y dotación de aquellas áreas de procesos clave del establecimiento.
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De 2 a 4 personas (incluida la persona referente general de calidad) para establecimientos sin internación de diagnóstico y tratamiento, de diagnóstico y de tratamiento o complementario (ESSIDT - ESSID - ESSIT –ESCL. Se sugiere seleccionar personas que cumplan los siguientes roles: Responsable de admisión y administración, auxiliares técnicos, responsable de mantenimiento y responsables, profesionales y dotación de aquellas áreas de procesos clave del establecimiento.
Formulario Módulo III – Autoevaluación para las buenas prácticas
¿Cómo puedo acceder a este formulario?
A partir del 15/06/22 estará disponible la Herramienta de autoevaluación de buenas prácticas para la mejora de la calidad en los servicios de salud a través del link https://redcap.link/Autoevaluacion.BBPP.FESCAS